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Decreto núm. 71, publicado el 20 de Julio de 2018. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA TELECOMUNICACIONES ALPHANET SPA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA TELECOMUNICACIONES ALPHANET SPA

Santiago, 14 de mayo de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 71.

Visto:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  4. El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. Resolución exenta N° 1.558, de 2008, de esta Subsecretaría, que fija norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz y sus modificaciones posteriores.

  6. Resolución exenta N° 517, de 2001, de esta Subsecretaría, que Fija norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 107.378, de 09.08.2017, complementado mediante ingresos Subtel Nº 151.656, N° 151.657, ambos del 16.11.2017, y N° 49.992, de 10.04.2018.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:

    Otórgase concesión de servicio público de transmisión de datos, a la Empresa Telecomunicaciones Alphanet SpA Rut. Nº 76.683.293-8, con domicilio en Laguna Matancilla N° 1132, Villa Valle Lo Castillo, comuna de Machalí, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para:

      1.1 Instalar, operar y explotar cinco (5) estaciones punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:

      1.2 Instalar, operar y explotar tres (3) radioenlaces punto a punto, cuyas características se indican a continuación:

      Para la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins:

      Los medios de transmisión y/o conmutación podrán ser propios o de terceros debidamente autorizados

    2. Los plazos serán los que se indican a continuación:

    3. La zona de servicio de la concesión corresponderá a la comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

    4. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que autorice la concesión solicitada.

    5. Las concesionarias que...

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