Decreto núm. 71, publicado el 20 de Julio de 2018. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA TELECOMUNICACIONES ALPHANET SPA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA TELECOMUNICACIONES ALPHANET SPA
Santiago, 14 de mayo de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 71.
Visto:
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El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
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El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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Resolución exenta N° 1.558, de 2008, de esta Subsecretaría, que fija norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz y sus modificaciones posteriores.
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Resolución exenta N° 517, de 2001, de esta Subsecretaría, que Fija norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 107.378, de 09.08.2017, complementado mediante ingresos Subtel Nº 151.656, N° 151.657, ambos del 16.11.2017, y N° 49.992, de 10.04.2018.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de servicio público de transmisión de datos, a la Empresa Telecomunicaciones Alphanet SpA Rut. Nº 76.683.293-8, con domicilio en Laguna Matancilla N° 1132, Villa Valle Lo Castillo, comuna de Machalí, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
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Autorízase a la concesionaria para:
1.1 Instalar, operar y explotar cinco (5) estaciones punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:
1.2 Instalar, operar y explotar tres (3) radioenlaces punto a punto, cuyas características se indican a continuación:
Para la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins:
Los medios de transmisión y/o conmutación podrán ser propios o de terceros debidamente autorizados
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Los plazos serán los que se indican a continuación:
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La zona de servicio de la concesión corresponderá a la comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que autorice la concesión solicitada.
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Las concesionarias que...
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