Decreto núm. 70, publicado el 22 de Marzo de 2022. APRUEBA REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 103 INCISO PRIMERO Y 109 INCISO SEGUNDO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 33, DE 1979, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE FIJA ESTATUTO DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 899117564

Decreto núm. 70, publicado el 22 de Marzo de 2022. APRUEBA REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 103 INCISO PRIMERO Y 109 INCISO SEGUNDO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 33, DE 1979, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE FIJA ESTATUTO DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

APRUEBA REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 103 INCISO PRIMERO Y 109 INCISO SEGUNDO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 33, DE 1979, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE FIJA ESTATUTO DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Núm. 70.- Santiago, 23 de junio de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República; los artículos 14 Nº 12, 30 Nº 5 y 6, y 53 Nº 32 de la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; los artículos 103 inciso primero y 109 inciso segundo, ambos del decreto con fuerza de ley Nº 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija estatuto del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican; y

Considerando:

  1. Que, con fecha 20 de marzo de 2018 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores.

  2. Que, el artículo 30 de la ley Nº 21.080 establece en el numeral 5 que el Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales tendrá la atribución de destinar a los funcionarios de las Plantas de Directivos, Profesionales, Técnicos, Administrativos y Auxiliares de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales y de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, para desempeñarse en alguna de las misiones de Chile en el exterior, con cargo a los recursos que legalmente les hayan sido asignados.

    Asimismo, el referido numeral señala que la destinación de funcionarios de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, la dispondrá el/la Subsecretario/a de Relaciones Económicas Internacionales a propuesta del/de la Director/a General.

  3. Que, el numeral 6 del artículo 30 le otorga al/a la citado/a Subsecretario/a la atribución de destinar personal a contrata asimilado a las Plantas de Profesionales o de Técnicos de la Dirección General de Promoción de Exportaciones para desempeñarse como agregados a cargo de una oficina comercial o de un departamento económico, a propuesta del/de la Director/a General de Promoción de Exportaciones y con cargo a sus recursos y dotación, previo concurso realizado en conformidad a lo dispuesto en el párrafo segundo del numeral 12 del artículo 14.

  4. Que, el artículo 5332 de la ley Nº 21.080 incorporó un nuevo artículo 103 al decreto con fuerza de ley Nº 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el estatuto del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual dispone en su inciso primero que, por resolución del/de la Subsecretario/a de Relaciones Económicas Internacionales se podrá destinar a prestar servicios en una misión en el exterior a los funcionarios de las Plantas de Directivos, de Profesionales y de Técnicos de la Subsecretaría y de la Dirección General de Promoción de Exportaciones que reúnan los requisitos exigidos en el reglamento que se establezca.

  5. Adicionalmente, el artículo 5332 de la ley Nº 21.080 incorporó un nuevo artículo 109 al decreto con fuerza de ley Nº 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que establece, en su inciso primero, que el/la Subsecretario/a de Relaciones Económicas Internacionales podrá destinar para prestar servicios en las misiones de Chile en el exterior hasta cuarenta y siete funcionarios provenientes de las Plantas de Directivos, de Profesionales y de Técnicos de la...

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