Decreto núm. 7, publicado el 12 de Abril de 2022. MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY N° 17.336, SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 900320046

Decreto núm. 7, publicado el 12 de Abril de 2022. MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY N° 17.336, SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY N° 17.336, SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL

Núm. 7.- Santiago, 14 de enero de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República; en la Ley N° 21.045, que Crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la Ley N° 17.336, sobre Propiedad Intelectual; en el decreto supremo N° 277, de 2013, del Ministerio de Educación, que fija el reglamento de la ley N° 17.336, sobre Propiedad intelectual; en el decreto con fuerza de ley N°1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; y, en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la Republica.

Considerando:

  1. - Que, la Ley N° 21.045, creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, estableciendo que será la Secretaría de Estado encargada de proponer al Presidente de la República políticas, planes, iniciativas legales, reglamentarias y administrativas en el ámbito de su competencia.

  2. - Que, el artículo 310 de la referida ley N° 21.045 establece que es función y atribución del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio promover el respeto y la protección de los derechos de autor y derechos conexos, y su observancia en todos aquellos aspectos de relevancia cultural; como asimismo, impulsar su difusión.

  3. - Que, asimismo, el artículo 45 de la referida ley N° 21.045 modificó la ley N° 17.336 de propiedad intelectual, atribuyendo al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, las competencias que esta última asignaba al Ministerio de Educación.

  4. - Que, en virtud de las nuevas competencias que tiene el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, conforme a las leyes N° 21.045 y N° 17.336, en materia de propiedad intelectual, se hace necesario modificar el decreto supremo N° 277, de 2013, del Ministerio de Educación, que fija el reglamento de la ley N° 17.336, sobre propiedad intelectual, por tanto;

Decreto:

Modifíquese el decreto supremo N° 277, de 2013, del Ministerio de Educación que fija el reglamento de la ley N° 17.336, sobre propiedad intelectual, de la siguiente forma:

Reemplácese...

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