Decreto núm. 7 EXENTO, publicado el 16 de Febrero de 2021. FIJA NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA Y DEJA SIN EFECTO DECRETO N° 410 EXENTO, DE 2018
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA Y DEJA SIN EFECTO DECRETO N° 410 EXENTO, DE 2018
Núm. 7 exento.- Santiago, 2 de febrero de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos N°s 7 y 81 del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, en adelante Estatuto Administrativo; en el artículo 62 del decreto con fuerza de ley 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el decreto con fuerza de ley N° 1-18.834, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto exento N° 410, de 2018, de esta cartera ministerial; en el oficio 202100060, de 2021, del Secretario Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo de la Región de la Araucanía; en el oficio N° 40, de 2021, del Intendente de la Región de la Araucanía; y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
-
Que, se ha recibido en esta cartera de Estado, el oficio ordinario N° 40, de 14 de enero de 2021, del Intendente de la Región de la Araucanía, solicitando formalizar el nombramiento de la subrogancia del cargo de Secretario Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo de la Región de la Araucanía, teniendo como antecedente la terna de subrogantes establecida en el oficio 202100060, de 8 de enero de 2021, enviada por el Secretario Regional Ministerial de Economía de la Región de la Araucanía a la Intendencia de la Región de la Araucanía.
-
Que, dado lo anterior, y en atención a la facultad contemplada en el artículo 81 del Estatuto Administrativo, y en el artículo 1, Capítulo 1, N° 22, del decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, corresponde determinar el orden de subrogación del Secretario Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo de la Región de la Araucanía.
Decreto:
Fíjese, en caso de ausencia o impedimento del titular, el siguiente orden de subrogación para el cargo de Secretario...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba