Decreto núm. 67, publicado el 31 de Mayo de 2023. PROMULGA EL ACUERDO POR CANJE DE NOTAS ENTRE CHILE Y HONG KONG, CHINA, QUE ACTUALIZA LA LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y HONG KONG, CHINA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 932641478

Decreto núm. 67, publicado el 31 de Mayo de 2023. PROMULGA EL ACUERDO POR CANJE DE NOTAS ENTRE CHILE Y HONG KONG, CHINA, QUE ACTUALIZA LA LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y HONG KONG, CHINA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO POR CANJE DE NOTAS ENTRE CHILE Y HONG KONG, CHINA, QUE ACTUALIZA LA LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y HONG KONG, CHINA

Núm. 67.- Santiago, 31 de marzo de 2023.

Visto:

Los artículos 32 N° 15 y 54 N° 1 inciso cuarto de la Constitución Política de la República, y la ley N° 18.158.

Considerando:

Que, con fecha 7 de septiembre de 2012 se suscribió, en Vladivostok, Federación de Rusia, el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Hong Kong, China, publicado en el Diario Oficial de 29 de noviembre de 2014, en adelante el "Tratado".

Que, el referido Tratado establece una zona de libre comercio, de conformidad con el artículo V del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS, por sus siglas en inglés), que forma parte del Acuerdo sobre la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Que, la Comisión de Libre Comercio establecida de acuerdo con el artículo 16.1 del Tratado tiene, entre otras atribuciones, la de decidir sobre la revisión del Tratado.

Que, específicamente en materia del comercio de servicios, el artículo 11.10 dispone que la Comisión de Libre Comercio podrá revisar el Capítulo 11 del Tratado tomando en consideración los desarrollos y regulaciones sobre el comercio de servicios de las Partes, así como los progresos efectuados en la OMC y otros foros especializados.

Que, en uso de sus atribuciones y en ejecución del artículo antes referido, la Comisión de Libre Comercio adoptó la Decisión N° 2, de 18 de enero de 2022, por medio de la cual actualizó la lista de compromisos específicos sobre el comercio de servicios, contenida en el anexo 11.6 (Lista de Compromisos Específicos sobre el Comercio de Servicios) del Tratado, con el texto establecido en Anexo de la misma.

Que, seguidamente, mediante canje de Notas de fecha 18 de enero de 2022, las Partes cumplieron lo dispuesto por la Comisión de Libre Comercio en su Decisión N° 2, acordando la actualización del texto del anexo 11.6 del Capítulo 11 (Lista de Compromisos Específicos sobre el Comercio de Servicios) del Tratado, y su reemplazo por el texto revisado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR