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Decreto núm. 67 EXENTO, publicado el 26 de Mayo de 2020. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

Santiago, 23 de enero de 2020.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 67 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº 354 de 1998, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Celular que opera en la Banda de 800 MHz, modificada por la resolución exenta Nº 643 de 1997, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

  6. El decreto supremo Nº223 de 1989, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº131.942 de 07.10.2019.

  8. Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Celular, otorgada a la empresa Claro Chile S.A., RUT Nº 96.799.250-K, con domicilio en Av. El Salto Nº 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para rectificar la comuna de una (1) estación base, autorizada por el decreto supremo Nº 568 de 2006, quedando según se indica a continuación:

      Los plazos y demás características técnicas, no consideradas en la presente...

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