Decreto núm. 62, publicado el 10 de Agosto de 2022. NOMBRA EN EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICAS DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA A PERSONA QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS |
Rango de Ley | Decreto |
NOMBRA EN EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICAS DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA A PERSONA QUE INDICA
Núm. 62.- Santiago, 17 de marzo de 2022.
Visto:
La facultad prevista en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo; en el DFL Nº 1/19.175, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en los DFL Nº 135, de 1991, y Nº 270, de 2009, ambos del Ministerio de Obras Públicas; el DFL Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, de 1964 y del DFL Nº 206, de 1960; y la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República,
Considerando:
Que, mediante decreto MOP Nº 55, de fecha 10 de marzo de 2022, se aceptó la renuncia voluntaria al cargo de Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas de la Región de la Araucanía, presentada por don Freddy Omar Gutiérrez Torres, a contar del día 11 de marzo de 2022, quedando en consecuencia, el cargo vacante a partir de esa fecha. El decreto antes referido se encuentra actualmente en trámite.
Que, los ministerios se desconcentrarán territorialmente mediante secretarías regionales ministeriales, de acuerdo con sus respectivas leyes orgánicas y los cargos de Secretarios Regionales Ministeriales serán nombrados por el Presidente de la República, de entre las personas que figuren en una terna elaborada por el Delegado Presidencial Regional respectivo, y oyendo al efecto al Ministro del ramo.
Que, mediante Oficio Reservado Nº 2, de 2022, el Sr. Delegado Presidencial de la Región de la Araucanía, envió una terna para proveer el cargo vacante de Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas en dicha región, y habiéndose oído la opinión del Sr. Ministro de Obras Públicas respecto a la proposición emitida por el Sr. Delegado Presidencial, se ha estimado proceder al nombramiento del profesional que más abajo se individualiza.
Decreto...
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