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Decreto núm. 62, publicado el 16 de Junio de 2018. CREA COMISIÓN ASESORA MINISTERIAL EN MATERIAS DE CÁNCER

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

CREA COMISIÓN ASESORA MINISTERIAL EN MATERIAS DE CÁNCER

Núm. 62.- Santiago, 15 de mayo de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 1 y 4 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en los artículos , y del decreto supremo Nº 136, de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; en el artículo 3º de la ley 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en ley Nº 19.966 que establece un régimen de garantías en salud; en decreto Nº 1.084 del 4 de octubre de 1996, del Ministerio de Salud, que creó la Comisión Asesora sobre Cáncer; en resolución exenta Nº 1.101 del 23 de diciembre de 2010, de este Ministerio que aprueba documento "Roles y Funciones del Programa Nacional del Cáncer"; en el Nº 21, acápite I. "Delegaciones de Carácter General", del artículo 1º, del decreto Nº 19, de 22 de enero de 2001 de la Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;

Considerando:

  1. Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma; así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones.

  2. Que, el Ministerio de Salud ha priorizado al cáncer como problema relevante de salud pública en el país, pues de acuerdo a datos del Departamento de Estadísticas e Información de Salud (DEIS), al año 2015, las enfermedades oncológicas constituyen la segunda causa de muerte después de las cardiovasculares en nuestro país, con 25.764 defunciones, tasa de 143 por 100.000 y 25% del total de muertes, proyectándose que en el próximo trienio será la primera causa con 28%.

  3. Que, el Ministerio de Salud ha resuelto enfrentar el nuevo escenario de enfermedades neoplásicas con una reformulación integral, basada en el rediseño estructural y funcional de todos los procesos que sustentan el funcionamiento de los programas de cáncer, desde la formulación de políticas y el marco regulatorio, hasta la ejecución de los servicios.

  4. Que, es necesario que el Ministerio de Salud cuente con una fuente de experticia externa para coadyuvar en la elaboración y estrategias de implementación de políticas sobre cáncer.

  5. Que, por lo anteriormente expuesto dicto el siguiente:

    Decreto:

  6. Créase la Comisión Asesora Ministerial en materias de cáncer, en adelante indistintamente la Comisión, como consultivo científico-técnico multidisciplinario, deliberativo e independiente, cuyo objetivo es el de asesorar al Ministerio de Salud en la formulación de políticas y en la implementación de estrategias y prácticas de prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, eficaces, eficientes, seguras y coherentes con las necesidades de la población chilena.

  7. La Comisión...

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