Decreto núm. 60 EXENTO, publicado el 17 de Febrero de 2024. REACTUALIZA LAS CANTIDADES QUE CONFORMAN LAS ESCALAS CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 23 Y 34 Nº 2 LETRA C) DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 1016866788

Decreto núm. 60 EXENTO, publicado el 17 de Febrero de 2024. REACTUALIZA LAS CANTIDADES QUE CONFORMAN LAS ESCALAS CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 23 Y 34 Nº 2 LETRA C) DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

REACTUALIZA LAS CANTIDADES QUE CONFORMAN LAS ESCALAS CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 23 Y 34 Nº 2 LETRA C) DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTANúm. 60 exento.- Santiago, 12 de febrero de 2024.Vistos:Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile; el artículo 23 del DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los artículos 23 y 34 Nº 2, letra c), ambos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo primero del decreto ley Nº 824, de 1974; en el Nº 13, del numeral VI del artículo 1 del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el decreto supremo Nº 71, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el decreto exento Nº 31, de 1 de febrero de 2023, del Ministerio de Hacienda; el oficio ordinario Nº 13, de 12 de enero de 2024, del Banco Central de Chile; el oficio ordinario Nº 210, de 24 de enero de 2024, del Servicio de Impuestos Internos; y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.Considerando:1. Que, el inciso final de la letra c), del Nº 2 del artículo 34, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, dispone en la parte pertinente que: "Las cantidades expresadas en centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, que conforman las escalas contenidas en el artículo 23 y en el presente artículo, serán reactualizadas antes del 15 de febrero de cada año, mediante decreto supremo, de acuerdo con la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor en dicho país, en el año calendario precedente, según lo determine el Banco Central de Chile.".2. Que, el inciso final de la letra c), del Nº 2 del artículo 34, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, establece, además, que la reactualización de la escala del artículo 23 regirá "a contar del 1 de marzo del año correspondiente y hasta el último día del mes de febrero del año siguiente", y que la reactualización de la escala del artículo 34, Nº 2 "regirá para el año tributario" en que ésta tenga lugar.3. Que, mediante decreto exento Nº 31, de 1 de febrero de 2023, del Ministerio de Hacienda, se efectuó la última reactualización de las cantidades expresadas en centavos de dólar de los Estados Unidos de América contenidas en los artículos 23 y 34 Nº 2 letra c) de la Ley sobre Impuesto a la Renta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR