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Decreto núm. 59, publicado el 21 de Abril de 2022. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA CORPORACIÓN RED UNIVERSITARIA NACIONAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA CORPORACIÓN RED UNIVERSITARIA NACIONAL

Santiago, 3 de febrero de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 59.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  4. El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Considerando:

  5. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 57.893, de 01.04.2021, complementado por ingresos Subtel N° 117.461, de 29.06.2021, y N° 163.209, de 01.10.2021.

  6. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:

    Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la corporación Red Universitaria Nacional, RUT Nº 72.529.900-1, con domicilio en calle José Domingo Cañas Nº 2819, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un (1) Centro de Operaciones NOC, ubicado en:

    2. Características de los enlaces de fibra óptica, según se indica a continuación:

    3. Ubicación puntos de presencia:

      Los medios de transmisión y/o conmutación e interconexión a las redes públicas existentes, serán propios o de terceros debidamente autorizados.

    4. La Zona de servicio comprende todo el Territorio Nacional.

    5. El período de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que la autorice.

    6. Los plazos serán los que se indican a continuación:

    7. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo...

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