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Decreto núm. 59, publicado el 04 de Mayo de 2018. ACEPTA RENUNCIA AL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DEL MEDIO AMBIENTE, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

ACEPTA RENUNCIA AL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DEL MEDIO AMBIENTE, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Núm. 59.- Santiago, 29 de diciembre de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 7, 12, 13 y 14 del DFL N° 29, de 2004, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en los artículos 61, 62 y 63 del DFL N° 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el DFL N° 4, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija planta del personal del Ministerio del Medio Ambiente; en la ley N° 21.053, de Presupuestos del Sector Público para el año 2018; el DS N° 19, de 2017, del Ministerio del Medio Ambiente, que nombra Subsecretario del Medio Ambiente; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en el decreto supremo N° 49, de 2014, que nombró Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente a la persona más adelante individualizada, y

Considerando:

Que, con fecha 29 de diciembre de 2017, el señor Marco Antonio Pichunman Cortés, RUT 12.931.500-8, Directivo de Exclusiva Confianza, Planta, Grado 4° EUS, con residencia en Temuco, ha presentado su renuncia al cargo de Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de la Araucanía, que se hará efectiva a partir del 1 de enero de 2018.

Decreto:

  1. Acéptese, a contar del 1 de enero de 2018, la renuncia presentada por el señor Marco Antonio Pichunman Cortés, RUT 12.931.500-8, Directivo de Exclusiva Confianza, Planta, Grado 4° EUS, con residencia en Temuco, al cargo de Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de la Araucanía.

  2. Establécese que el señor Marco Antonio Pichunman Cortés no se encuentra sometido a investigaciones sumarias ni a sumarios administrativos y nada debe al Servicio.

  3. Establécese que por razones impostergables de buen servicio, el presente acto entra en vigencia desde su dictación, sin esperar su total tramitación.

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Jorge Canals de la Puente, Ministro del Medio Ambiente (S).

Lo que transcribo a Ud. para los fines que estime pertinentes.- Rodrigo Benítez Ureta...

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