Decreto núm. 583 EXENTO, publicado el 14 de Febrero de 2023. MODIFICACIÓN DE LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES QUE OPERE UNA RED INALÁMBRICA DE ALTA VELOCIDAD (EXCLUSIVAMENTE 5G O SUPERIOR) EN LA BANDA DE FRECUENCIAS DE 3,6 - 3,65 GHZ A LA EMPRESA WOM S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 923158447

Decreto núm. 583 EXENTO, publicado el 14 de Febrero de 2023. MODIFICACIÓN DE LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES QUE OPERE UNA RED INALÁMBRICA DE ALTA VELOCIDAD (EXCLUSIVAMENTE 5G O SUPERIOR) EN LA BANDA DE FRECUENCIAS DE 3,6 - 3,65 GHZ A LA EMPRESA WOM S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICACIÓN DE LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES QUE OPERE UNA RED INALÁMBRICA DE ALTA VELOCIDAD (EXCLUSIVAMENTE 5G O SUPERIOR) EN LA BANDA DE FRECUENCIAS DE 3,6 - 3,65 GHZ A LA EMPRESA WOM S.A.

Santiago, 27 de julio de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 583 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N°7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº547 de 2020, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aprueba Norma Técnica para el uso de las bandas de frecuencias de 3,30 - 3,40 GHz y 3,60 - 3,65 GHz.

  6. El decreto supremo Nº78 de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N°110.872 de 14.06.2022.

  8. Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase las concesiones de Servicio Público de Telecomunicaciones que Opere una Red Inalámbrica de Alta Velocidad (exclusivamente 5G o superior) en la Banda de Frecuencias de 3,6 - 3,65 GHz, cuyo actual titular es la empresa Wom S.A., R.U.T. Nº78.921.690-8, con domicilio en General Mackenna N°1.369, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. ...

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