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Decreto núm. 578 EXENTO, publicado el 09 de Julio de 2022. REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL DE LA SEDE QUE SE INDICA DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA CENCO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL DE LA SEDE QUE SE INDICA DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA CENCO

Núm. 578 exento.- Santiago, 5 de julio de 2022.

Considerando:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en la ley Nº 18.956, el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo.

Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada por la ley Nº 21.091, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, según lo establecido en la letra d) del artículo de la mencionada ley Nº 18.956.

Que, el Centro de Formación Técnica CENCO, ha sido autorizado a funcionar en virtud de las normas contenidas en el DFL Nº 24 de 1981, mediante decreto exento Nº 19, de 25 de enero de 1985 modificado por decreto exento Nº 183, de 21 de abril de 1993 y Nº 1.067, de 31 de octubre de 2002, ambos de Educación, e inscrito en el Registro correspondiente con el Nº 116, organizado por la Sociedad Centro de Formación Técnica Cenco S.A.;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 112 del DFL Nº 2 de 2009, de Educación (en adelante, "DFL Nº 2 de 2009"), que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1 de 2005, se considera de pleno derecho reconocido oficialmente;

Que, mediante resolución exenta Nº 8.011, de 11 de noviembre de 2008, de Educación, el Centro de Formación Técnica CENCO, obtuvo su plena autonomía, con arreglo a las normas que lo rigen y, en consecuencia, puede otorgar independientemente títulos técnicos de nivel superior;

Que, en virtud de su plena autonomía el Centro de Formación Técnica Cenco abrió sedes en la ciudad de Santiago y Quillota;

Que, mediante Ord. Nº 8/2020, de fecha 4 de marzo de 2020, el Rector del Centro de Formación Técnica CENCO informó a la Subsecretaría de Educación Superior el cierre programado de la Sede Quillota, debido a la baja tasa de matrícula y al ajuste de toda la organización al proyecto institucional, según menciona, acompañando documentación relacionada con esta solicitud;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 81, del DFL Nº 2, de 2009, de Educación, por decreto supremo fundado del Ministerio de Educación, previo acuerdo del Consejo Nacional de Educación, adoptado por mayoría de sus miembros, en sesión convocada a ese solo efecto, y escuchada la entidad afectada, se podrá revocar el reconocimiento oficial de la sede de la institución;

Que, por su parte, el artículo 25 ter de la ley Nº 20.129, dispone que: "Para efectos del cierre de una sede, carrera o programa, las instituciones de educación superior deberán presentar un Plan de Cierre a la Subsecretaría de Educación Superior, el que previamente deberá ser notificado a los estudiantes matriculados", y dispone los requisitos que deben ser contemplados en dicho del Plan de Cierre. El inciso cuarto del referido artículo dispone que "Sólo una vez aprobado el Plan de Cierre por la Subsecretaría, la institución de educación superior podrá...

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