Decreto núm. 56, publicado el 16 de Febrero de 2023. ENCASILLA PERSONAL EN LA PLANTA DE ADMINISTRATIVOS DEL SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 923369701

Decreto núm. 56, publicado el 16 de Febrero de 2023. ENCASILLA PERSONAL EN LA PLANTA DE ADMINISTRATIVOS DEL SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyDecreto

ENCASILLA PERSONAL EN LA PLANTA DE ADMINISTRATIVOS DEL SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL

Núm. 56.- Valparaíso, 30 de noviembre de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo primero y sexto transitorio de la Ley Nº 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en los artículos cuarto y quinto transitorio del decreto con fuerza de ley Nº 35, del año 2017, del Ministerio de Educación que fija las Plantas de Personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural; en los artículos 15, 21, 53 y 55 del decreto con fuerza de ley Nº 29, del año 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; decreto supremo Nº 69 de 2004 del Ministerio de Hacienda, Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo; decreto supremo Nº 18, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que Traspasa el Personal desde la Dirección de Bibliotecas y Archivos al Servicio Nacional del Patrimonio Cultural; en el decreto supremo Nº 57, de 2019, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que Encasilla en la planta al Personal Titular del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural perteneciente a los estamentos Directivos, Profesionales y Técnicos; en el decreto supremo Nº 23, de 2021, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que Encasilla en la planta al Personal Titular del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural perteneciente a los estamentos Administrativos y Auxiliares; en el decreto supremo Nº 19, de 2021, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que Encasilla personal en la planta de Profesionales del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural; en el decreto supremo Nº 20, de 2021, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que Encasilla personal en la planta de Técnicos del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural; resoluciones números 6 y 11, de 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, en materias de personal que se indican.

Considerando:

  1. - Que, la ley Nº 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio dispone en sus artículos primero y sexto transitorios, que el personal traspasado desde la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos al Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, y su posterior encasillamiento debe realizarse a través de decretos expedidos bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", por intermedio del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y que estos decretos contendrán las normas a que debe sujetarse el encasillamiento de personal.

  2. - Que, el decreto con fuerza de ley Nº 35, del año 2017, del Ministerio de Educación, fija las Plantas...

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