Decreto núm. 55 EXENTO, publicado el 14 de Junio de 2023. MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LA SECRETARÍA Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 16, DE 1997, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 934485014

Decreto núm. 55 EXENTO, publicado el 14 de Junio de 2023. MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LA SECRETARÍA Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 16, DE 1997, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

MODIFICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DE LA SECRETARÍA Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 16, DE 1997, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Núm. 55 exento.- Santiago, 27 de abril de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; lo dispuesto en el artículo 134 de la ley N° 11.764; en el artículo 24 de la ley N° 16.395; en el artículo único de la ley N° 17.538; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Orgánica de dicha Cartera del Estado; en el decreto supremo N° 28, de 1994, que aprueba Reglamento General para los Servicios de Bienestar fiscalizados por la Superintendencia de Seguridad Social, en el decreto supremo N° 16, de 1997, que Aprueba Reglamento del Servicio de Bienestar de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; el Acta N° 265/2022, de fecha 28 de abril de 2022, del Consejo Administrativo del Servicio de Bienestar de esta Secretaría de Estado; en las resoluciones N° 6 y N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; en el decreto supremo N° 71, de 2022, y el decreto supremo N° 13, de 2023, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a la Ministra del Trabajo y Previsión Social y, al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, respectivamente; dicto lo siguiente:

Considerando:

  1. - Que, mediante el decreto supremo N° 16, de 1997, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se aprobó el Reglamento del Servicio de Bienestar de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

  2. - Que, el ártículo 18° del decreto supremo N° 28, de 1994, del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR