Decreto núm. 544 EXENTO, publicado el 13 de Octubre de 2021. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA INGENERIA Y TELECOMUNICACIONES CRISTIAN FELIPE ARIAS SEPÚLVEDA E.I.R.L.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA INGENERIA Y TELECOMUNICACIONES CRISTIAN FELIPE ARIAS SEPÚLVEDA E.I.R.L.
Santiago, 9 de septiembre de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 544 exento.
Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
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La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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Resolución exenta Nº 517 de 2001, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz. y sus modificaciones posteriores.
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El decreto supremo Nº 10 de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 229.221 de 11.09.2020. complementado mediante ingresos Subtel Nº 37.959 de 04.03.2021 y 14.05.2021.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, otorgada a la empresa Ingeneria y Telecomunicaciones Cristian Felipe Arias Sepúlveda E.I.R.L., RUT Nº 76.342.029-9, con domicilio en calle 18 de Septiembre Nº 1395, comuna de Coihueco, Región de Ñuble, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
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Autorízase a la concesionaria para eliminar:
1.1 Eliminar un (1) radioenlace punto a multipunto en la banda de 5 GHz, autorizado mediante decreto supremo Nº 10 de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
1.2 Eliminar un (1) radioenlace punto a punto en la banda de 5 GHz, autorizado mediante decreto exento Nº 394 de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
1.3 Eliminar un (1) radioenlace punto a punto en la banda de 7 GHz, autorizado mediante decreto supremo Nº 10 de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
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Autorízase a la concesionaria para modificar un (1) radioenlace punto a punto en la banda de 5 GHz, autorizado mediante decreto supremo Nº 10 de 2016, del Ministerio de Transportes y...
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