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Decreto núm. 500 EXENTO, publicado el 15 de Septiembre de 2017. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA CLARO INFRAESTRUCTURA 171 S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA CLARO INFRAESTRUCTURA 171 S.A.

Santiago, 9 de agosto de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 500 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo N° 179, de 1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 8.690, de 17.01.2017.

  7. La solicitud de autorización provisoria de la modificación de concesión indicada en la letra precedente, ingreso Subtel N° 8.691, de 17.01.2017, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella. Autorizada a través de resolución exenta N° 547, de 2017.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, otorgada a la empresa Claro Infraestructura 171 S.A., RUT N° 88.381.200-K, con domicilio Avda. El Salto N° 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar catorce (14) radioenlaces, según se indica a continuación:

      Los radioenlaces se implementarán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

    2. Los plazos son los que se indican a continuación:

    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la...

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