Decreto núm. 482 EXENTO, publicado el 11 de Junio de 2021. DETERMINA Y SINGULARIZA LOS BIENES DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES COMO NECESARIOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA SUBSECRETARÍA DE LAS CULTURAS Y LAS ARTES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
DETERMINA Y SINGULARIZA LOS BIENES DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES COMO NECESARIOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA SUBSECRETARÍA DE LAS CULTURAS Y LAS ARTES
Núm. 482 exento.- Santiago, 8 de junio de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto con fuerza de ley Nº 35, de 2017, del Ministerio de Educación, que Fija Plantas de Personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto ley Nº 1.939 de 1977, que establece Normas sobre Adquisición, Administración y Disposición de Bienes del Estado; en el decreto supremo Nº 577, de 1978, del entonces Ministerio de Tierras y Colonización, Reglamento sobre Bienes Muebles Fiscales; en los oficios Ords. Nº 0389, de 22/02/2019, y Nº 112, de 10/02/2021, ambos de la Subsecretaria (S) de las Culturas y las Artes; en la copia de inscripción de dominio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, de 19/04/2021; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, la ley Nº 21.045 que creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, fue publicada en el Diario Oficial el 3 de noviembre de 2018;
Que, en el citado texto legal, en su artículo primero transitorio, se estableció que, por medio de un decreto con fuerza de ley, expedido a través del Ministerio de Educación, se fijaría la fecha en que entraría en funcionamiento el citado Ministerio, con sus correspondientes subsecretarías, así como también la fecha de supresión del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos;
Que, el artículo 13 del decreto con fuerza de ley Nº 35, de 2017, de esta Secretaría de Estado, en adelante el DFL Nº 35, que fijó las plantas del personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional del Patrimonio, determinó que la...
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