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Decreto núm. 481 EXENTO, publicado el 12 de Agosto de 2022. MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA COMPAÑÍA NACIONAL DE TELÉFONOS TELEFÓNICA DEL SUR S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA COMPAÑÍA NACIONAL DE TELÉFONOS TELEFÓNICA DEL SUR S.A.

Santiago, 4 de julio de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 481 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.

  3. La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  4. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo Nº 216 de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 98.252 de 26.05.2022.

  7. Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico a la Compañía Nacional de Teléfonos, Telefónica del Sur S.A., RUT Nº 90.299.000-3, con domicilio en calle San Carlos Nº 107, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar:

      1.1. Dos (2) concentradores telefónicos remotos (Nodos) en la localidad de San Pedro de la Paz, según se indica a continuación:

      1.2. Dos (2) enlaces de Fibra Óptica entre los Nodos de San Pedro de la Paz, según se indica a continuación:

    2. Ubicación de las instalaciones, según se indica a continuación:

    3. Ampliar la Zona de Servicio incorporando la localidad de San Pedro de la Paz, delimitada por los perímetros formados por las calles y límites que se individualizan a continuación:

      SECTOR A

      Partiendo desde un punto ubicado en calle Costanera, a 20 metros al Noroeste de la intersección con Pasaje 1, se dirige hacia el Noreste en 50 metros; desde este punto, en dirección Sureste en 145 metros paralelo a Avenida Central por su lado Norte; desde este punto, en dirección Noroeste en 55 metros paralelo en 22 metros a calle Carabineros; desde este punto, en dirección Sureste en 120 metros; desde este punto, en dirección Suroeste en 240 metros paralelo en 30 metros a calle Subteniente Luis Cruz M.; desde este punto, en dirección Sureste en 60 metros; desde este punto, en dirección Suroeste en 50 metros paralelo en 22 metros a calle Ejército en su lado Oeste; desde este punto, en dirección Noroeste en 180 metros paralelo en 25 metros a Avenida Las Torres en su lado Norte; desde este punto, en dirección Noreste en 50 metros paralelo en 20 metros a calle Carabineros en su lado Oeste; desde este punto, en dirección Noroeste en 60 metros paralelo en 25 metros a calle Ecuador en su lado Sur; desde este punto, en dirección Noreste en 130 metros paralelo en 30 metros a calle Bolivia; desde este punto, en dirección Noroeste en 85 metros paralelo en 20 metros a Pasaje 1, hasta llegar a un punto en calle Costanera, a 20 metros al Noroeste de la intersección con Pasaje 1; cerrando de esta forma el perímetro que constituye la zona de servicio del SECTOR A de San Pedro de la Paz.

      SECTOR B

      Partiendo desde un punto ubicado en Avenida Las Torres, a 18 metros al Noroeste de la intersección con calle La Aviación, avanza en dirección Sureste en 430 metros por bandejón central de Avenida Las Torres; desde este punto, en dirección Sur en 145 metros hacia calle Los Abetos; desde este punto, en dirección Oeste en 220 metros paralelo en 20 metros a calle Los Abetos; desde este punto, en dirección Norte en 110 metros; desde este punto, en dirección Oeste en 160 metros paralelo en 30 metros a calle Las Palmas; desde este punto, en dirección Norte en 220 metros hasta un punto del final de Pasaje 2; desde este punto, en dirección Noreste en 60 metros hasta llegar a un punto, en Avenida Las Torres, a 18 metros al Noroeste de la intersección con calle La Aviación; cerrando de esta forma el perímetro que constituye la zona de servicio del SECTOR B de San Pedro de la Paz.

      SECTOR C

      Partiendo desde un punto ubicado en Avenida La Candelaria a un costado de Escuela Básica E-656, se desplaza en dirección Norte en 530 metros paralelo en 25 metros aproximadamente a calle Las Golondrinas en su lado Oeste; desde este punto, en dirección Noreste en 260 metros paralelo en 25 metros aproximadamente a calle Las Golondrinas en su lado Oeste llegando al borde costero Sur de Río Bío Bío; desde este punto, en dirección Sureste en 1.520 metros por borde costero Sur de Río Bío Bío hasta un punto cercano a Pasaje 5; desde este punto, en dirección Sur en 290 metros hasta intersectar con Avenida Presidente Jorge Alessandri; desde este punto, en dirección Este en 140 metros (recinto Vialidad); desde este punto, en dirección Sur en 590 metros hasta intersectar con línea de FF.CC. en su lado Norte; desde este punto, en dirección Este en 900 metros por línea de FF.CC. en su lado Norte llegando a Puente Llacolén en su lado Este; desde este punto, en dirección Noreste en 270 metros hasta borde costero de Río Bío Bío; desde este punto, en dirección Sureste en 1.170 metros por borde costero de Río Bío Bío, hasta Puente Chacabuco; desde este punto, en dirección Suroeste en 300 metros; desde este punto, en dirección Noroeste en 310 metros por limite predial de Edificios Parque Millaray; desde este punto, en dirección Noreste en 110 metros; desde este punto, en dirección Noroeste en 740 metros hasta recinto de Club Llacolén; desde este punto, en dirección Suroeste en 370 metros hasta borde costero de Laguna Chica de San Pedro; desde este punto, en dirección Sur en 1.600 metros por borde costero de Laguna Chica de San Pedro, hasta llegar a un punto cercano a Comunidad El Boldo; desde este punto, en dirección Suroeste en 200 metros llegando a límite predial de Condominio en calle Villarrica; desde este punto, en dirección Sur en 420 metros hasta llegar a límite predial de Condominio Cordillera 2; desde este punto, en dirección Suroeste en 250 metros por límite predial de Condominios Cordillera 2 y Sierra; desde este punto, en dirección Suroeste en 180 metros paralelo en 30 metros aproximadamente a Camino El Venado en su lado Este; desde este punto, en dirección Sureste en 220 metros hacia límite predial de Condominio Alto Lafquén; desde este punto, en dirección Suroriente en 250 metros por límite predial de Condominio Alto Lafquén; desde este punto, en dirección Suroeste en 620 metros Sector Fundo El Venado; desde este punto...

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