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Decreto núm. 48 EXENTO, publicado el 08 de Marzo de 2023. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA GTD MANQUEHUE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA GTD MANQUEHUE S.A.

Santiago, 24 de enero de 2023.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 48 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo Nº 146, de 1980, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 211.474 de 15.12.2022.

  7. Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico, otorgada a la empresa GTD Manquehue S.A., RUT N° 93.737.000-8, con domicilio en Avenida del Valle N° 819, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar (1) un Concentrador de Conmutación Telefónico Remoto, en la comuna de Papudo, Región de Valparaíso, que dependerá del Centro de Conmutación Local Centro III, debidamente autorizado de propiedad de terceros, con las siguientes características técnicas:

    2. Modificar la zona de servicio autorizada, en el sentido de incorporar los siguientes perímetros formados por las calles y límites que se individualizan de las siguientes localidades:

      Papudo:

      Por el norte, su límite inicia desde la intersección de calle El Maitén y Avenida El Peumo, desplazándose desde ese punto hacia el oriente por Avenida El Peumo, continuando por Irarrázaval hasta la Gruta de la Virgen de Lourdes, continuando por el borde costero hacia el Club de Yates Papudo y continuando por el borde costero en dirección hacia Punta Pite, pero intersectando antes la Ruta E-30-F a la altura del límite comunal entre Papudo y Zapallar.

      Por el poniente, el límite del...

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