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Decreto núm. 459 EXENTO, publicado el 12 de Marzo de 2018. AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA 'MARÍA AYUDA-CORPORACIÓN DE BENEFICENCIA', PARA EFECTUAR COLECTA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "MARÍA AYUDA-CORPORACIÓN DE BENEFICENCIA", PARA EFECTUAR COLECTA

Núm. 459 exento.- Santiago, 14 de febrero de 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 10.262, de 1952; la Ley Nº 16.436, de 1966; el decreto supremo Nº 955, de 1974, del Ministerio del Interior; la resolución Nº 1.600, de 2008 de la Contraloría General de la República; y los antecedentes adjuntos.

Decreto:

  1. - Autorízase a la entidad denominada "María Ayuda-Corporación de Beneficencia", para realizar una colecta pública en todo el territorio nacional, el día viernes 8 y sábado 9 de junio de 2018.

  2. - Los fondos recaudados producto de esta colecta, serán destinados al pago de proveedores, arrendamiento de bienes muebles e inmueble, capacitación, hotelería, obras de construcción, atenciones médicas, consumos básicos, remuneraciones, entre otros, con el objeto de mantener los programas sociales de la corporación, orientada a la reparación y prevención del maltrato infantil.

  3. - Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por el Intendente o Gobernador respectivo o las personas que se designen en su representación.

  4. - La referida Institución deberá remitir al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dentro del plazo de sesenta días, contados desde la fecha de realización de la colecta, un informe detallado y documentado de los ingresos obtenidos y de su inversión, en cumplimiento de lo establecido en el artículo letra c), del DS Nº 955, de 1974, del Ministerio del...

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