Decreto núm. 455 EXENTO, publicado el 04 de Agosto de 2022. MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE PICHILEMU
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE PICHILEMU
Santiago, 24 de junio de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 455 exento.
Vistos:
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El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
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La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
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La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
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El decreto supremo N° 126, de 1997 y sus modificaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
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El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
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La resolución exenta N° 479, de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; y
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El decreto supremo N° 184, de 11.09.2017, que otorgó la concesión, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y sus modificaciones.
Considerando:
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La solicitud de modificación, ingreso Subtel N° 16.763, de 29.01.2021, complementada por ingreso Subtel N° 30.383, de 19.02.2021;
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Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a) precedente.
Decreto:
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Modifícase, la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Pichilemu, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, señal distintiva XQC-666, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es Entre Olas Comunicaciones Limitada, RUT N° 76.473.000-3, con domicilio en Dionisio Acevedo N° 1018, comuna de Pichilemu, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican.
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Apruébese el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
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Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación la planta transmisora, cambiar características técnicas del sistema radiante e incorporar estudio alternativo, en los términos que a continuación se señalan:
Estudio Alternativo:
- Dirección : Playa Hermosa,
Calle Nueva 7 s/n,
comuna de Pichilemu,
Región del Libertador
General Bernardo
O'Higgins.
- Coordenadas Geográficas : 34° 24' 37" Latitud Sur;
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01' 17" Longitud
Oeste.
Datum WGS 84.
Planta Transmisora:
- Dirección : Potrero La Zorra s/n,
comuna de...
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