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Decreto núm. 45, publicado el 13 de Julio de 2023. NOMBRA EN EL CARGO DE FISCAL NACIONAL ECONÓMICO A JORGE GRUNBERG PILOWSKY

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

NOMBRA EN EL CARGO DE FISCAL NACIONAL ECONÓMICO A JORGE GRUNBERG PILOWSKY

Núm. 45.- Santiago, 18 de mayo de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 3210 de la Constitución Política de la República de Chile; en la Ley N° 21.516, Ley de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público para el año 2023; en la ley N° 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2004, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973; lo establecido en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto N° 1.228, de 2006, del Ministerio de Hacienda; en el decreto N° 158, de 2018, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en las resoluciones exentas N° PIN-RE-01003-2022, de 2022, y N° PIN-RE-00029-2023, de 2023, ambas de la Dirección Nacional del Servicio Civil, y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 33 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2004, del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973, la Fiscalía Nacional Económica es un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, independiente de todo organismo o servicio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  2. Que, el inciso segundo del artículo 33, precitado, establece que la Fiscalía Nacional Económica estará a cargo de un funcionario, denominado Fiscal Nacional Económico, que será nombrado por el Presidente de la República mediante el proceso de selección de altos directivos públicos, previstos en el párrafo 3° del Título VI de la ley N° 19.882.

  3. Que, según lo previsto en la misma norma referida en los coinsiderandos precedentes, el plazo de duración del cargo de Fiscal Nacional Económico es de cuatro años, pudiendo renovarse su nombramiento por una sola vez.

  4. Que, mediante el decreto N° 158, de 11 de diciembre de 2018, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se nombró en el...

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