Decreto núm. 446 EXENTO, publicado el 19 de Diciembre de 2017. MODIFICA DECRETO N° 1.375 EXENTO, DE 2010, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA NORMA TÉCNICA N° 117 SOBRE 'INSPECCIÓN MÉDICO VETERINARIA DE AVES DE CORRAL Y DE SUS CARNES' - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 699253765

Decreto núm. 446 EXENTO, publicado el 19 de Diciembre de 2017. MODIFICA DECRETO N° 1.375 EXENTO, DE 2010, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA NORMA TÉCNICA N° 117 SOBRE 'INSPECCIÓN MÉDICO VETERINARIA DE AVES DE CORRAL Y DE SUS CARNES'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO N° 1.375 EXENTO, DE 2010, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA NORMA TÉCNICA N° 117 SOBRE "INSPECCIÓN MÉDICO VETERINARIA DE AVES DE CORRAL Y DE SUS CARNES"

Núm. 446 exento.- Santiago, 7 de diciembre de 2017.

Visto:

Estos antecedentes; lo dispuesto en el DFL. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; en el DFL N° 725, de 1967, Código Sanitario; en el DS N° 977, de 1996, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de los Alimentos; en el decreto supremo N° 28, de 2009, del Ministerio de Salud; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. - Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma; así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones.

  2. - Que, en atención a que las empresas productoras de carne de aves y de subproductos avícolas son responsables de la seguridad alimentaria y que la Autoridad Sanitaria debe velar por la higiene de los alimentos, este Ministerio dictó el decreto exento N° 1.375, de 13 de agosto de 2010, que aprueba la Norma Técnica N° 117 sobre "Inspección Médico Veterinaria de Aves de Corral y de sus Carnes".

  3. - Que, el Anexo N° 2 de la referida norma técnica regula los agentes sanitizantes, los productos de las aves en los cuales se aplican dichos agentes y las concentraciones máximas permitidas a estos últimos.

  4. Que, mediante memorando B34 / N° 1263, de 13 de noviembre de 2017, el Jefe de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción solicitó la modificación del referido anexo N° 2 a fin de precisar el uso correcto de los agentes sanitizantes regulados en él, así como sus concentraciones máximas.

  5. - Que, en mérito de lo anterior y las facultades que confiere la ley, dicto el siguiente:

Decreto:

Artículo 1°

Modifícase el decreto exento N° 1.375, de 2010, del Ministerio de Salud, que aprueba la Norma Técnica N° 117 sobre "Inspección Médico Veterinaria de Aves de Corral y de sus Carnes" en el siguiente sentido:

  1. - Sustitúyase el Anexo N° 2 "Agentes sanitizantes a utilizar en carcasas y menudencias de aves", de...

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