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Decreto núm. 43, publicado el 09 de Junio de 2022. DECLARA ZONA DE ESCASEZ A LAS PROVINCIAS DE SAN ANTONIO Y VALPARAÍSO, REGIÓN DE VALPARAÍSO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

DECLARA ZONA DE ESCASEZ A LAS PROVINCIAS DE SAN ANTONIO Y VALPARAÍSO, REGIÓN DE VALPARAÍSO

Núm. 43.- Santiago, 4 de marzo de 2022.

Vistos:

  1. El oficio Ord. Nº 351, de 16 de febrero de 2022, del Delegado Presidencial Regional de Valparaíso;

  2. El Informe Técnico denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas, Provincias de San Antonio y Valparaíso, Informe Nº 8", de 8 de febrero de 2022, de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas;

  3. El Memorando DGA Nº 01, de 1 de marzo de 2022, del Director General de Aguas;

  4. El decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República";

  5. La resolución DGA N° 1.674, de 12 de junio de 2012, que deja sin efecto la resolución DGA Nº 39, de 1984 y establece los criterios para calificar épocas de extraordinaria sequía;

  6. Las facultades que me concede el artículo 314 inciso del Código de Aguas; y

    Considerando:

  7. Que, por medio del oficio Ord. Nº 351, de 16 de febrero de 2022, el Delegado Presidencial Regional de Valparaíso solicitó decretar escasez hídrica a las provincias de Valparaíso y San Antonio, Región de Valparaíso.

  8. Que, el Informe Técnico denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas, Provincias de San Antonio y Valparaíso, Informe Nº 8", de 8 de febrero de 2022, de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas, indica que en las provincias de San Antonio y Valparaíso se verifica la condición de sequía establecida para las precipitaciones en el numeral 6.

    1. de la resolución DGA Nº 1.674, de 2012, ya que el IPE calculado es menor al índice límite definido en las estaciones analizadas.

  9. Que, además, en el mismo informe se señala que también se verifica la condición de sequía establecida para los caudales en el numeral 6.

    1. de la citada resolución, ya que el ICE calculado es menor al índice límite definido en las estaciones analizadas en los territorios señalados.

  10. Que, debido a las razones señaladas, y con el objeto de implementar medidas extraordinarias, que contribuyan a superar la escasez del recurso hídrico, se requiere la dictación de un decreto de escasez en las provincias de San Antonio y Valparaíso, Región de Valparaíso.

  11. Que, el Director General de Aguas mediante el memorando DGA Nº 01, de 1 de marzo de 2022, solicitó se declare zona de escasez a las provincias de San Antonio y Valparaíso, Región de Valparaíso.

  12. Que, el...

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