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Decreto núm. 42, publicado el 14 de Noviembre de 2018. APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL RUIL (NOTHOFAGUS ALESSANDRII)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL RUIL (NOTHOFAGUS ALESSANDRII)

Núm. 42.- Santiago, 13 de marzo de 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 19 número 8 y 32 número 6 de la Constitución Política de la República; en los artículos 37, 70 letra i) y 71 letra f) de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el Convenio sobre Diversidad Biológica, promulgado como ley de la República mediante el decreto supremo Nº 1.963 de 1994 del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 1 de 2014 del Ministerio del Medio Ambiente; en el decreto supremo Nº 151 de 2007 de Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto supremo Nº 13 de 1995 del Ministerio de Agricultura; en la resolución exenta Nº 107 de 12 de febrero de 2016 del Ministerio del Medio Ambiente; en el memorándum Nº 35/2017 de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente que adjunta el Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de Ruil (Nothofagus alessandrii); en el acuerdo Nº 7/2018 del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, adoptado el 19 de febrero de 2018; en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, así como velar por la protección y conservación de la diversidad biológica del país.

  2. Que, conforme lo dispone el 70 letra i) de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es atribución del Ministerio del Medio Ambiente proponer políticas y formular planes, programas y acciones que establezcan los criterios básicos y las medidas preventivas para favorecer la recuperación y conservación de los recursos hídricos, genéticos, la flora, la fauna, los hábitats, los paisajes, ecosistemas y espacios naturales, en especial los frágiles y degradados, contribuyendo al cumplimiento de los convenios internacionales de conservación de la biodiversidad. Uno de dichos instrumentos son los planes de recuperación, conservación y gestión de especies, referidos en el artículo 37 de la ley Nº 19.300.

  3. Que los planes de recuperación, conservación y gestión de especies constituyen un instrumento administrativo que contiene el conjunto de acciones, medidas y procedimientos que deberán ejecutarse para recuperar, conservar y manejar especies que hubiesen sido clasificadas en el marco del Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación, de acuerdo al artículo 37 de la ley Nº 19.300.

  4. Que el Ruil (Nothofagus alessandrii) es una especie endémica, que se distribuye exclusivamente a lo largo de la cordillera de la costa de la Región del Maule entre los ríos Mataquito y Curanilahue, que se encuentra clasificada en la categoría En Peligro según el decreto supremo 151 de 2007 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y que constituye además una especie declarada Monumento Natural mediante decreto supremo Nº 13 de 1995 del Ministerio de Agricultura.

  5. Que, en conformidad con lo establecido en el artículo 71 letra a) de la Ley N° 19.300, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, mediante acuerdo Nº 7, de 19 de febrero de 2018, acordó unánimemente proponer a S.E. el Presidente de la República, el Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Ruil (Nothofagus alessandrii).

Decreto:

Artículo único

Apruébese el siguiente Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Ruil (Nothofagus alessandrii):

PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL RUIL (Nothofagus alessandrii)

Ministerio del Medio Ambiente

Febrero 2018

Grupo de Elaboración de acuerdo a la resolución exenta Nº 107 del 12 de febrero de 2016: Cristian Echeverría (Universidad de Concepción), José San Martín (Universidad de Talca), Rómulo Santelices (Universidad Católica del Maule), Persy Gómez de la Fuente (Universidad de Talca), Ricardo Saavedra (Club del Árbol), Juan Carlos Sepúlveda (Forestal Arauco Zona Norte), Carolina Rojas (Forestal Arauco Zona Norte), Patricio Herranz (Forestal Mininco), Alamiro Navarrete Guerra (Forestal Mininco), Pedro Garrido (Proyecto Darwin Maule y Universidad de Talca), Viviana Díaz (Municipalidad de Chanco), Iván Quiroz (Instituto Forestal), Moisés Grimberg (Corporación Nacional Forestal), Felipe Barrios (Corporación Nacional Forestal), Alexis Villa (Corporación Nacional Forestal) y Luis Opazo (Ministerio del Medio Ambiente).

Ministerio del Medio Ambiente (2018)

CONTENIDO

  1. RESUMEN DE LOS ANTECEDENTES GENERALES SOBRE LA ESPECIE Y FACTORES DE AMENAZA

  2. DIAGNÓSTICO DE LOS FACTORES DE AMENAZA Y SUS EFECTOS

    2.1. INCENDIOS FORESTALES

    2.2. COLONIZACIÓN BIOLÓGICA POR PINOS, Pinus radiata.

    2.3. VARIACIÓN INTERANUAL DEL CLIMA

    2.4. PRÁCTICA FORESTAL INADECUADA

    2.5. FLORA Y VEGETACIÓN EXÓTICA INVASORA

    2.6. CORTA NO AUTORIZADA

    2.7. GANADO DOMÉSTICO

  3. ACTORES RELEVANTES

  4. VISIÓN

  5. ALCANCE TERRITORIAL DEL PLAN

  6. META DEL PLAN

  7. OBJETIVOS DEL PLAN

  8. ESTRUCTURA DEL PLAN DE ACCIÓN

    8.1. LÍNEAS DE ACCIÓN POR OBJETIVO E INDICADORES DE SEGUIMIENTO

    8.2. ACTIVIDADES POR LÍNEA DE ACCIÓN, PLAZOS ASOCIADOS, PRODUCTOS/RESULTADOS Y RESPONSABLES SUGERIDOS

  9. GRUPO DE SEGUIMIENTO, PROCEDIMIENTO Y PERIODOS DE EVALUACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN

    9.1. COSTOS

    PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DEL RUIL

    (Nothofagus alessandrii)

    El presente Plan fue preparado por el Grupo de Elaboración constituido mediante resolución exenta Nº 107, del 12 de febrero de 2016, del Ministerio del Medio Ambiente.

    La presente propuesta de Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Ruil, Nothofagus alessandrii, es un esfuerzo colectivo de actualización del primer documento de planificación para la conservación de la especie elaborado por Conaf en el año 2009, y responde a los lineamientos del Ministerio del Medio Ambiente, en el marco del Reglamento de Planes de Recuperación, Conservación y Gestión de Especies (DS Nº1/2014 del Ministerio del Medio Ambiente).

    Cabe destacar que este Plan se vincula directamente con la Estrategia Nacional de Biodiversidad principalmente en su quinto lineamiento estratégico en relación a "Proteger y restaurar la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos", así como con la Política Forestal 2015-2035, instrumento rector en el ámbito forestal del país, particularmente con su cuarto eje estratégico sobre "protección y restauración del patrimonio forestal".

  10. RESUMEN DE LOS ANTECEDENTES GENERALES SOBRE LA ESPECIE Y FACTORES DE AMENAZA:

    El ruil (Nothofagus alessandrii) es un árbol que constituye un elemento florístico austral-templado que pertenece a la familia Nothofagaceae dentro del Orden Fagales. Es una especie endémica de Chile que puede alcanzar alturas de hasta 30 metros, con un tronco recto y cilíndrico (diámetro máximo de un metro), que posee la corteza rugosa, agrietada y de color café oscuro en individuos adultos, mientras que en ejemplares jóvenes es variable en textura y color.

    Se distribuye exclusivamente en unos pocos sectores de la cordillera de la costa de la Región del Maule, a lo largo de una franja fragmentada de menos de 100 km...

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