Decreto núm. 41, publicado el 04 de Octubre de 2022. FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE PARA LOS SECTORES RURALES BAHÍA AZUL, ENSENADA, ROCA DE SAN ANDRÉS, COSTA CASCABELES Y ENSENADA 2, DE LA COMUNA DE LOS VILOS, REGIÓN DE COQUIMBO (EX ESETO S.A.)
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE PARA LOS SECTORES RURALES BAHÍA AZUL, ENSENADA, ROCA DE SAN ANDRÉS, COSTA CASCABELES Y ENSENADA 2, DE LA COMUNA DE LOS VILOS, REGIÓN DE COQUIMBO (EX ESETO S.A.)
Núm. 41.- Santiago, 25 de junio de 2020.
Vistos:
-
- El DFL N° 70 de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente, "DFL MOP N° 70/88".
-
- La Ley N° 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (en adelante, e indistintamente, la "Superintendencia" o "SISS").
-
- El decreto supremo N° 453, del 12 de diciembre de 1989, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que contiene el Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente, el "Reglamento".
-
- El artículo 100° del decreto supremo N° 1.199 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, "DS MOP N° 1.199/04".
-
- El decreto supremo N° 288, de fecha 26 de diciembre de 2014, publicado el 6 de mayo de 2015, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fijó fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable para el concesionario Empresa de Servicios Totoralillo S.A. (ESETO S.A.).
-
- El estudio tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados.
-
- El decreto supremo N° 146, de 16 de diciembre de 2019, del Ministerio de Obras Públicas que declara caducadas las concesiones de producción y distribución de agua potable de la Empresa de Agua Potable Totoralillo S.A.
-
- La resolución exenta N° 587, de fecha 24 de febrero de 2020, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, que Designa Administrador por Caducidad de Concesiones de ESETO S.A. y la resolución exenta N° 696, de fecha 9 de marzo de 2020 que la modifica.
-
- Estos antecedentes.
Considerando:
-
- Que, en conformidad con el artículo 2° de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;
-
- Que, el procedimiento administrativo realizado para la fijación de las tarifas de los servicios públicos sanitarios de los sectores rurales Bahía Azul, Ensenada, Roca de San Andrés, Costa Cascabeles y Ensenada 2, de la comuna de Los Vilos, correspondientes al quinquenio 2020-2025, cumple con las etapas en la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley de Tarifas;
-
- Que, en el proceso de fijación de tarifas de las concesiones de producción y distribución de agua potable de los sectores rurales Bahía Azul, Ensenada, Roca de San Andrés, Costa Cascabeles y Ensenada 2, de la comuna de Los Vilos, la prestadora de esa fecha no elaboró su estudio tarifario, circunstancia que quedó señalada en el acta de intercambio de estudios tarifarios;
-
- Que, en caso que el prestador no elabore su propio estudio tarifario, los resultados obtenidos por la Superintendencia de Servicios Sanitarios serán considerados definitivos;
-
- Que, mediante el decreto supremo N° 146, de 16 de diciembre de 2019, del Ministerio de Obras Públicas, se caducó la concesión de producción y distribución de agua potable otorgada a la Empresa de Agua Potable Totoralillo S.A., y mediante la resolución exenta N° 587, de fecha 24 de febrero de 2020, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, se dispuso la administración provisional del servicio a Ricardo Alfredo Román Orellana;
-
- Que, la determinación de tarifas ha cumplido además con las Bases, normas y actos de procedimiento establecidos en el DFL MOP N° 70/88 y su Reglamento.
Decreto:
Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable de los sectores rurales Bahía Azul, Ensenada, Roca de San Andrés, Costa Cascabeles y Ensenada 2, de la comuna de Los Vilos, en adelante, e indistintamente el prestador, en los siguientes términos:
-
DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS
1.1. DEFINICIÓN DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS
1.2. DEFINICIÓN Y VALORES DE LOS CARGOS TARIFARIOS
La...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba