Decreto núm. 41 EXENTO, publicado el 03 de Diciembre de 2022. CREA MESAS REGIONALES INTERMINISTERIALES PARA LA COORDINACIÓN DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS CINCUENTA AÑOS DEL GOLPE DE ESTADO EN CHILE, Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO N° 37 EXENTO, DE 2022, DE ESTE MINISTERIO - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 916008187

Decreto núm. 41 EXENTO, publicado el 03 de Diciembre de 2022. CREA MESAS REGIONALES INTERMINISTERIALES PARA LA COORDINACIÓN DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS CINCUENTA AÑOS DEL GOLPE DE ESTADO EN CHILE, Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO N° 37 EXENTO, DE 2022, DE ESTE MINISTERIO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyDecreto

CREA MESAS REGIONALES INTERMINISTERIALES PARA LA COORDINACIÓN DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS CINCUENTA AÑOS DEL GOLPE DE ESTADO EN CHILE, Y DEJA SIN EFECTO EL DECRETO N° 37 EXENTO, DE 2022, DE ESTE MINISTERIO

Núm. 41 exento.- Santiago, 25 de noviembre de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto supremo N° 36 de 2022, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que "Crea la Comisión Asesora Presidencial Interministerial para la Coordinación de la Conmemoración de los Cincuenta Años del Golpe de Estado en Chile"; el decreto exento N° 37 de 2022, de este Ministerio; y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. - Que, el artículo 1 de la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, señala que dicha norma se regirá por diversos principios, siendo uno de ellos el de la memoria histórica, contenido en el numeral 8 de dicho artículo. Este principio busca reconocer la memoria histórica como pilar fundamental de la cultura y del patrimonio intangible del país, que se recrea y proyecta a sí misma en un permanente respeto a los derechos humanos, la diversidad, la tolerancia, la democracia y el Estado de Derecho.

  2. - Que, el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, posee dentro de sus funciones y atribuciones, la de contribuir al reconocimiento y salvaguardia del patrimonio cultural, promoviendo su conocimiento y acceso, y fomentando la participación de las personas y comunidades en los procesos de memoria colectiva y definición patrimonial, tal como lo indica el numeral 3 del artículo 3 de la ley N° 21.045.

  3. - Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 3° del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, la Administración del Estado debe observar, entre otros, el principio de coordinación.

  4. - Que, la conmemoración de los cincuenta años del Golpe de Estado en Chile, el 11 de septiembre del año 2023, reviste un carácter histórico, que representa el compromiso del Gobierno con la promoción de una ética pública...

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