Decreto núm. 4, publicado el 07 de Noviembre de 2023. ESTABLECE LA INSTALACIÓN DE LAS OFICINAS LOCALES DE LA NIÑEZ QUE SE INDICAN PARA EL AÑO 2023, EN EL ÁMBITO TERRITORIAL QUE INDICA, SEGÚN LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY Nº 21.430 SOBRE GARANTÍAS Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 951339834

Decreto núm. 4, publicado el 07 de Noviembre de 2023. ESTABLECE LA INSTALACIÓN DE LAS OFICINAS LOCALES DE LA NIÑEZ QUE SE INDICAN PARA EL AÑO 2023, EN EL ÁMBITO TERRITORIAL QUE INDICA, SEGÚN LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY Nº 21.430 SOBRE GARANTÍAS Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE LA INSTALACIÓN DE LAS OFICINAS LOCALES DE LA NIÑEZ QUE SE INDICAN PARA EL AÑO 2023, EN EL ÁMBITO TERRITORIAL QUE INDICA, SEGÚN LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY Nº 21.430 SOBRE GARANTÍAS Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Núm. 4.- Santiago, 29 de agosto de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica; en la ley Nº 21.430 sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia; en la ley Nº 21.516 de presupuesto de ingresos y gastos del sector público para el año 2023; en el decreto supremo Nº 17, de 2022, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Subsecretaría de la Niñez; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Considerando:

  1. Que, la partida 21, capítulo 10, programa 03, subtítulo 24, ítem 03, asignación 004, de la ley Nº 21.516 de presupuesto de ingresos y gastos del sector público para el año 2023, asigna recursos para las Oficinas Locales de la Niñez.

  2. Que, el inciso primero, del artículo 65, de la ley Nº 21.430, dispone que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, de conformidad al artículo 3º bis de la ley Nº 20.530, deberá establecer Oficinas Locales de la Niñez con competencia en una comuna o agrupación de comunas, a lo largo de todo el territorio nacional, las que serán las encargadas de la protección administrativa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, a través de la promoción de éstos, la prevención de vulneraciones y la protección de sus derechos, tanto de carácter universal como especializada, mediante acciones de carácter administrativo. La coordinación y supervisión de las Oficinas Locales de la Niñez corresponderá al Ministerio de...

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