Decreto núm. 4, publicado el 29 de Septiembre de 2023. APRUEBA REGLAMENTO DE PROYECTOS DE REDUCCIÓN DE EMISIONES DE CONTAMINANTES PARA COMPENSAR EMISIONES GRAVADAS CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 8º DE LA LEY Nº 20.780 - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 946051139

Decreto núm. 4, publicado el 29 de Septiembre de 2023. APRUEBA REGLAMENTO DE PROYECTOS DE REDUCCIÓN DE EMISIONES DE CONTAMINANTES PARA COMPENSAR EMISIONES GRAVADAS CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 8º DE LA LEY Nº 20.780

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

APRUEBA REGLAMENTO DE PROYECTOS DE REDUCCIÓN DE EMISIONES DE CONTAMINANTES PARA COMPENSAR EMISIONES GRAVADAS CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 8º DE LA LEY Nº 20.780

Núm. 4.- Santiago, 25 de enero de 2023.

Vistos:

Lo establecido en el artículo 71 letra f) y 73 de la ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; en el artículo 8º de la ley Nº 20.780 que establece Reforma tributaria que modifica el sistema de tributación de la renta e introduce diversos ajustes en el sistema tributario, modificado por la ley Nº 21.210 que Moderniza la legislación tributaria; el Acta de la Sesión Ordinaria Nº 6, de 2022, del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y,

Considerando:

  1. - Que, con fecha 29 de septiembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 20.780, que establece Reforma tributaria que modifica el sistema de tributación de la renta e introduce diversos ajustes en el sistema tributario.

  2. - Que, el 8 de febrero de 2016 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 20.899, que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales tributarias, modificando en parte el artículo 8º de la ley Nº 20.780.

  3. - Que, el 24 de febrero de 2020 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 21.210 que moderniza la Legislación Tributaria modificando el artículo 8º de la ley Nº 20.780.

  4. - Que, el artículo 8º de la ley Nº 20.780, establece un impuesto anual a beneficio fiscal que gravará las emisiones al aire de material particulado (MP), óxidos de nitrógeno (NOx), dióxido de azufre (SO2) y dióxido de carbono (CO2), producidas por establecimientos cuyas fuentes emisoras, individualmente o en su conjunto, emitan 100 o más toneladas anuales de material particulado (MP), o 25.000 o más toneladas anuales de dióxido de carbono (CO2).

  5. - Que, el inciso vigésimo sexto del artículo 8º de la ley Nº 20.780, establece que el Ministerio del Medio Ambiente debe, mediante reglamento, establecer la forma y antecedentes requeridos para acreditar las características necesarias para la procedencia de los proyectos de reducción de emisiones, el procedimiento para presentar la solicitud y los antecedentes que se deberán acompañar a la misma.

  6. - Que, el inciso vigésimo séptimo del artículo 8º de la ley Nº 20.780, establece que el Ministerio del Medio Ambiente debe, mediante reglamento, establecer los procedimientos de certificación, los requisitos mínimos para que un auditor forme parte del registro que llevará al efecto y las atribuciones de los auditores registrados.

  7. - Que, por ende, mediante el presente acto se establecen las obligaciones y procedimientos relativos a la evaluación, verificación y certificación de proyectos de reducción de emisiones de contaminantes para compensar emisiones gravadas conforme a lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº 20.780, modificado por la ley Nº 21.210.

Decreto:

Artículo único

Apruébese el siguiente reglamento que establece las obligaciones y procedimientos relativos a la evaluación, verificación y certificación de proyectos de reducción de emisiones de contaminantes para compensar emisiones gravadas conforme a lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº 20.780, modificado por la ley Nº 21.210.

TÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales Artículos 1 a 35
Artículo 1º

El presente reglamento tiene por objetivo establecer los requisitos, obligaciones, procedimientos y registros relativos a proyectos de reducción de emisiones, y los certificados para compensar emisiones gravadas de los contaminantes, conforme lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº 20.780, modificado por la ley Nº 21.210.

Para efectos de este reglamento, las referencias a las reducciones de emisiones de material particulado (MP), óxidos de nitrógeno (NOx), dióxido de azufre (SO2) y dióxido de carbono (CO2) se entenderán que incluyen la absorción de las emisiones de los referidos contaminantes, a menos que explícitamente se establezca que sus disposiciones se refieren a alguna de dichas actividades en particular.

Artículo 2º Para efectos del presente reglamento, se entenderá por:
  1. Absorción: Remoción, secuestro, captura o almacenamiento desde la atmósfera de emisiones de dióxido de carbono o dióxido de carbono equivalente, material particulado, óxidos de nitrógeno o dióxido de azufre a través de un sumidero.

  2. Acuerdo de París: Decreto supremo Nº 30, de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Promulga el Acuerdo de París, adoptado en la vigésima primera reunión de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

  3. Adicional: Atributo de la reducción de emisiones que da cuenta que dichas reducciones no habrían ocurrido en ausencia del proyecto que las genera, de forma que éstas no respondan a otras obligaciones establecidas en la normativa a que esté sujeto el Titular.

  4. Certificado de reducción de emisiones: Instrumento emitido por el Ministerio del Medio Ambiente que acredita la reducción o absorción de una tonelada de cierto contaminante, obtenida a partir de la implementación de proyectos de reducción o absorción de emisiones.

  5. Compensación de emisiones: Acto por el cual se descuentan de las emisiones gravadas con el impuesto establecido en el artículo 8º de la ley, aquellas reducciones de emisiones que constan en un certificado de reducción de emisiones, emitido de conformidad con las disposiciones del presente reglamento.

  6. Dióxido de carbono equivalente (CO2equivalente): Cuantía de emisiones de dióxido de carbono que causaría el mismo forzamiento radiativo integrado que cierta cantidad emitida de un gas de efecto invernadero, en un horizonte temporal determinado.

  7. Impuesto: Impuesto establecido en el artículo 8º de la ley Nº 20.780.

  8. Ley: ley Nº 20.780, Reforma Tributaria que Modifica el Sistema de Tributación de la Renta e Introduce Diversos Ajustes en el Sistema Tributario, modificada por la ley Nº 21.210, de 2020, que Moderniza la Legislación Tributaria.

  9. Metodología: Conjunto de criterios, procedimientos, protocolos y contenidos, establecidos en documentos técnicos, que permiten validar que una iniciativa reúne las características de un proyecto de reducción o absorción de emisiones, y permite su cuantificación de forma estandarizada.

  10. Medible: Atributo de la reducción de emisiones que consiste en que ésta sea cuantificable mediante metodologías.

  11. Ministerio: Ministerio del Medio Ambiente.

  12. Organismos de acreditación: Entidades u organizaciones de reconocido prestigio o creados en el marco de acuerdos internacionales adoptados por Chile en materia de cambio climático, que realizan la acreditación de entidades auditoras responsables de la verificación para programas de certificación, según los sectores en los que se clasifican los proyectos de reducción de emisiones.

  13. Permanente: Atributo de la reducción de emisiones que consiste en que ésta no sea reversible en el tiempo en que se compromete que ocurra o, de serlo, existen mecanismos que garanticen su reemplazo.

  14. Período crediticio: Período de tiempo en el cual las reducciones de emisiones atribuibles a un proyecto pueden optar a la emisión de certificados de reducción de emisiones.

  15. Programa de certificación: Estándar o sistema, ya sea nacional o internacional, que opera en base a metodologías para la validación y/o aprobación de proyectos de reducción de emisiones, su verificación, emisión de certificados de reducción de emisiones, registro y los requisitos para los auditores y organismos de acreditación.

  16. Reducción de emisiones: Disminución de emisiones de dióxido de carbono o dióxido de carbono equivalente, material particulado, óxidos de nitrógeno o dióxido de azufre, con respecto a un nivel de referencia o línea de base previamente establecido.

  17. Registro Nacional de Proyectos de Reducción de Emisiones o Registro: Registro que contiene toda la información y documentación relacionada con los proyectos de reducción de emisiones, así como de sus unidades de reducción verificadas y certificadas, las transacciones y cancelación de certificados de reducción de emisiones.

  18. Reglamento del Impuesto: Decreto supremo Nº 63 de 2022, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el reglamento que fija las obligaciones y procedimientos relativos a la identificación de los contribuyentes afectos, y que establece los procedimientos administrativos necesarios para la aplicación del impuesto que grava las emisiones al aire de material particulado, óxidos de nitrógeno, dióxido de azufre y dióxido de carbono conforme lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº 20.780, modificado por la ley Nº 21.210.

  19. Sistema de compensación de Emisiones: Esquema institucional conformado por órganos de la Administración del Estado, programas de certificación externos reconocidos por el Ministerio, procedimientos, auditores externos autorizados y sistemas informáticos tales como el Registro Nacional de Proyectos de Reducción de Emisiones, que permiten su funcionamiento.

  20. Superintendencia: Superintendencia del Medio Ambiente.

  21. Titular de un proyecto de reducción de emisiones: Persona natural o jurídica que presenta un proyecto de reducción de emisiones ante el Ministerio para formar parte del sistema de compensación de emisiones.

  22. Verificable: Atributo...

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