Decreto núm. 4, publicado el 23 de Agosto de 2022. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA CAPITAL NET TELECOMUNICACIONES LIMITADA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA CAPITAL NET TELECOMUNICACIONES LIMITADA
Santiago, 4 de enero de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 4.
Vistos:
-
El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
-
La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
-
La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
-
El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
-
Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 207.256 de 24.08.2020.
-
Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la sociedad Capital Net Telecomunicaciones Limitada, RUT Nº 76.896.034-8, con domicilio en Irarrázaval Nº 5185, oficina 503, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
-
Autorízase a la concesionaria para:
1.1. Instalar, operar y explotar (2) dos Nodos (Centro Emisor), según se indica a continuación:
1.2. Instalar, operar y explotar los siguientes tramos Fibra Óptica, según se indica a continuación:
-
Ubicación Centro Emisor y tramos de fibra óptica (Zonas FTTH):
Las interconexiones a las redes públicas existentes, serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
-
La Zona de servicio comprenderá las comunas de Cerro Navia y Lampa, Región Metropolitana de Santiago.
-
Los plazos para el inicio y término de obras e inicio de servicio, son los que se indican a continuación:
-
El período de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
-
Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba