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Decreto núm. 4 EXENTO, publicado el 04 de Mayo de 2019. AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA 'CORPORACIÓN DE AYUDA AL NIÑO QUEMADO O COANIQUEM', PARA EFECTUAR COLECTA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "CORPORACIÓN DE AYUDA AL NIÑO QUEMADO O COANIQUEM", PARA EFECTUAR COLECTA

Núm. 4 exento.- Santiago, 3 de enero de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley N° 10.262 del Ministerio del Interior, que faculta al Presidente de la República para autorizar rifas, sorteos, etc., de las características y en las condiciones que indica; la ley N° 16.436 del Ministerio del Interior, que declara que las materias que indica podrán ser objeto de decretos o resoluciones expedidos por las autoridades que señala, con la sola firma del respectivo funcionario; el decreto supremo N° 955, de 1974, del Ministerio del Interior, que establece el reglamento sobre realización de rifas, sorteos y colectas; la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y los antecedentes adjuntos.

Decreto:

  1. - Autorízase a la entidad denominada "Corporación de Ayuda al Niño Quemado o Coaniquem", para realizar una colecta pública en todas las regiones del país, los días 7 y 8 de junio del año 2019.

  2. - Las utilidades que se generen producto de esta colecta, serán destinadas a financiar parte de las remuneraciones, mantención de equipamiento médico, informático, seguridad y comunicaciones de los centros de rehabilitación, gastos de insumos médicos, medicamentos, telas para elaborar prendas compresivas, materiales para moldes, prótesis y órtesis, traslados de pacientes, artículos de oficina, y gastos propios de la colecta.

  3. - Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por el Intendente o Gobernador respectivo o las personas que se designen en su representación.

  4. - La referida Institución deberá remitir al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dentro del plazo de sesenta días...

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