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Decreto núm. 395, publicado el 09 de Marzo de 2022. ESTABLECE CÁLCULO E INCLUSIÓN DE CONTRIBUYENTES QUE INDICA EN ORDENANZA DE ASEO INDUSTRIAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE HUASCO
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE CÁLCULO E INCLUSIÓN DE CONTRIBUYENTES QUE INDICA EN ORDENANZA DE ASEO INDUSTRIAL

Núm. 395.- Huasco, 25 de febrero de 2022.

Vistos:

  1. La Ordenanza de Aseo Industrial de Huasco vigente.

  2. El Acuerdo N° 77, de fecha 24 de febrero de 2022, adoptado en Sesión Ordinaria N° 32 del Concejo Municipal.

  3. La tabla de costos anual para el pago distributivo de derechos de aseo industrial 2022, elaborada por la Secpla, aprobada por el Concejo Municipal según consta en Certificado de Acuerdo N° 77, de fecha 24 de febrero de 2022.

  4. La necesidad de actualizar los valores para el cobro respectivo según señala la tabla del número anterior, y

    Considerando:

    Primero: Que el artículo 4 de la Ordenanza establece que la determinación del costo del servicio comprenderá los gastos reales y totales que se realicen a través de la Secretaría Comunal de Planificación y Dirección de Obras Municipales que estén relacionados con el Servicio, tales como el cálculo, emisión y distribución de los boletines, exenciones, cobro y control de pago; funciones de recolección, transporte, etapas intermedias y disposiciones finales de la basura, incluyendo costos de restauración de paisajes comunales destruidos o alterados total o parcialmente con ocasión de la disposición de residuos sólidos de cualquier tipo o tamaño, aun material particulado fino y grueso que se encuentre dentro de la norma ambiental en cuanto ocasione un impacto visual por su continuo depósito en la superficie de calles y espacios urbanos públicos de Huasco.

    Segundo: Que el Artículo 6 de la Ordenanza establece los rubros de gastos que se considerarán para determinar el costo del servicio, siendo los siguientes:

    1. Gastos del personal de planta o a contrata comprenden todas las remuneraciones fijas y variables ordinarias, extraordinarias, imponibles o no imponibles, aportes previsionales o legales y financiamiento de seguros por accidente del trabajo del personal municipal que interviene en el proceso relacionado, esto es, personal de Dirección de Obras, Aseo y Ornato, Tránsito, Secretaría Comunal de Planificación y Alcaldía.

    2. Gastos en vehículo comprenden los de operación, como combustibles y lubricantes, los de mantenimiento (batería, neumáticos, pintura, repuestos, reparaciones en talleres particulares, herramientas y otros), y los de seguro sobre vehículos.

    3. Gastos en elaboración material de licitaciones para el caso de servicios concesionados, sin descontar los gastos internos propios del municipio...

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