Decreto núm. 39, publicado el 15 de Julio de 2020. APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 27º DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 33, DE 1979, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE FIJA EL ESTATUTO DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 846377196

Decreto núm. 39, publicado el 15 de Julio de 2020. APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 27º DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 33, DE 1979, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE FIJA EL ESTATUTO DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 27º DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 33, DE 1979, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE FIJA EL ESTATUTO DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Núm. 39.- Santiago, 13 de marzo de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República; el artículo 5311 de la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; el artículo 27 del DFL Nº 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el estatuto del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones 6 y 7 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

1) Que, con fecha 20 de marzo de 2018 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores.

2) Que, el artículo 5311 de la ley Nº 21.080 sustituyó el artículo 27 del DFL Nº 33, de 1979, que fija el estatuto del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, disponiendo que en los cargos y destinos que defina el jefe superior del Servicio la destinación de los funcionarios deberá realizarse conforme a un procedimiento de acreditación de competencias, cuyas bases serán determinadas por un reglamento que se dictará al efecto.

3) Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República y al artículo 27 del DFL Nº 33, de 1979, que fija el estatuto del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, corresponde dictar un reglamento que establecerá las bases del procedimiento de acreditación de competencias para las destinaciones de los funcionarios del Servicio Exterior, en los cargos y destinos que defina el jefe superior del Servicio.

Decreto:

Artículo único

Apruébase el siguiente reglamento del artículo 27 del decreto con fuerza de ley Nº 33, de 1979, que fija el estatuto del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 1º

El presente reglamento tiene por objeto determinar las bases del procedimiento de acreditación de competencias para las destinaciones de los funcionarios del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, en los cargos y destinos que defina el jefe superior del Servicio.

Artículo 2º

Corresponderá al Subsecretario de Relaciones Exteriores, en su...

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