Decreto núm. 39, publicado el 10 de Abril de 2018. OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUBTRAMO 5.2 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2X500 KV TRAMO 5' EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO, PROVINCIAS DE VALPARAÍSO Y QUILLOTA, COMUNAS DE PUCHUNCAVÍ, QUINTERO Y QUILLOTA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUBTRAMO 5.2 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA "LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2X500 KV TRAMO 5" EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO, PROVINCIAS DE VALPARAÍSO Y QUILLOTA, COMUNAS DE PUCHUNCAVÍ, QUINTERO Y QUILLOTA
Núm. 39.- Santiago, 2 de marzo de 2018.
Vistos:
Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 02629, ACC 1856226, Doc 1646218, de 12 de febrero de 2018; lo dispuesto en los artículos 11 y 29 del decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente "Ley General de Servicios Eléctricos" y sus modificaciones posteriores; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en su oficio Ord. Nº 02629, ACC 1856226, DOC 1646218, de 12 de febrero de 2018, el que pasa a formar parte del presente acto administrativo, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19 y 41 de la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
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Que las resoluciones exentas Nº 14.686, de fecha 8 de agosto de 2016 y Nº 17.826, de fecha 16 de marzo de 2017, ambas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, acogieron las peticiones de división de la concesión eléctrica definitiva para el proyecto denominado "Línea Pan de Azúcar - Polpaico 2x500 kV Tramo 5", presentadas por Interchile S.A., con fecha 26 de julio de 2016 y 1 de marzo de 2017.
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Que la aceptación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, señalada en el considerando anterior, se efectuó de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29º de la Ley General de Servicios Eléctricos, dividiéndose materialmente la concesión solicitada en un primer momento en dos subtramos, a saber, 5.1 y 5.2; posteriormente, el sub tramo 5.1 se dividió en los sub tramos 5.1.1 y 5.1.2, correspondiendo el presente acto administrativo al denominado Tramo 5.2,
Decreto:
Otórgase a Interchile S.A., concesión definitiva para establecer el subtramo 5.2 de la línea de transmisión de energía eléctrica denominada "Línea Pan de Azúcar - Polpaico 2x500 kV Tramo 5", en la región de Valparaíso, provincias de Valparaíso...
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