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Decreto núm. 381, publicado el 01 de Abril de 2024. MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL DE CONCESIÓN MARÍTIMA MAYOR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL DE CONCESIÓN MARÍTIMA MAYOR

Decreto supremo N° 381, de fecha 21 de diciembre de 2023 del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, otorgó a Sociedad Punta del Cobre S.A., Rol Único Tributario 96.561.560-1, modificación no sustancial de la concesión marítima mayor otorgada mediante decreto supremo N° 54, de fecha 12 de enero de 2017, modificado por decreto supremo N° 269, de fecha 10 de julio de 2019, con vencimiento 30 de junio de 2027. La modificación requerida tramitada bajo el número SIABC N°45.107 y SIABC 45.885, consiste en I. Reemplázase íntegramente el literal e) del párrafo 6.- de la parte resolutiva por el siguiente: "e) Las obras proyectadas deberán iniciarse dentro de los 28 meses siguientes a la fecha de presentación a la Autoridad Marítima Local de la totalidad de los estudios y aprobaciones a que se refiere la letra d) precedente y quedar terminadas dentro de los 14 meses posteriores a su inicio"; y II. Reemplázase íntegramente el párrafo del numeral 10 del DS N° 269/2019 por el siguiente: "10. Al momento de la entrega de la concesión, la Autoridad Marítima verificará que la interesada demarque en el fondo del mar temporalmente y de forma visible, los vértices respectivos con boyarines, los que no estarán afectos al pago de renta o tarifa y además incorpore un letrero que indique la calidad de concesión marítima y el número del decreto supremo que la otorgó. De no ser posible la demarcación anteriormente descrita debido...

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