Decreto núm. 38, publicado el 25 de Mayo de 2023. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA M.E.S. NET LIMITADA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA M.E.S. NET LIMITADA
Santiago, 23 de marzo de 2023.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 38.
Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
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La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 115.705 de 24.06.2021.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa M.E.S. Net Limitada, RUT Nº 76.886.642-2, con domicilio en Parcela Los Nogales, camino a La Viluma km 0.6, Chocalán, comuna de Melipilla, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
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Instalar, operar y explotar el siguiente Centro Emisor:
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Instalar, operar y explotar enlaces de Fibra Óptica, según se indica a continuación:
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Ubicación Centro Emisor y Nodos ópticos (Zonas FTTH):
Para la Región Metropolitana de Santiago:
Las interconexiones a las redes públicas existentes serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
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La Zona de servicio comprenderá las Comunas de Melipilla y El Monte, todas de la Región Metropolitana de Santiago.
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Los plazos serán los que se indican a continuación:
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Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
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El período de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
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Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo...
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