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Decreto núm. 38 EXENTO, publicado el 25 de Abril de 2023. REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL DE LA CARRERA RELACIONES PÚBLICAS DE LA UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL DE LA CARRERA RELACIONES PÚBLICAS DE LA UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS

Núm. 38 exento.- Santiago, 11 de enero de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, y sus modificaciones, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N° 19.880, que establece bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.091, sobre Educación Superior; en el artículo 25 ter de la ley N° 20.129; en el decreto supremo N° 29, de 2021, del Ministerio de Educación, que aprueba reglamento que regula los procesos y planes de cierre de sedes, carreras o programas de instituciones de educación superior, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 ter de la ley N° 20.129; en la resolución exenta N° 4.959, de 2021, de la Subsecretaría de Educación Superior, que aprobó el plan de cierre de la carrera de Relaciones Públicas de la Universidad Santo Tomás; en la resolución exenta N° 275, del 31 de diciembre de 2021, que ejecuta el Acuerdo N° 153/2021 del Consejo nacional de Educación, adoptado en sesión extraordinaria de fecha 22 de diciembre de 2021; en el memorándum interno N° 06/1123 de fecha 15 de septiembre de 2022, del Jefe de División de Educación Universitaria; y, en la Resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 18.956, el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo.

  2. Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada por la Ley N° 21.091, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, según lo establecido en la letra d) del artículo de la mencionada Ley N° 18.956.

  3. Que, la Universidad Santo Tomás, inscrita en el Libro de Registro de Universidades Privadas C N° 16, fue creada y organizada en virtud de las normas contenidas en el DFL N° 1, de 1980, de Educación, según consta en Certificado N° 06/862, de 23 de septiembre de 1988, del Ministerio de Educación, y sus estatutos fueron aprobados por Certificado N° 06/1180 de 28 de diciembre de 1988, de la Subsecretaría de Educación.

  4. Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 110 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, de Educación (en adelante "DFL N° 2, de 2009"), que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL N° 1, de 2005, la mencionada universidad se considera de pleno derecho reconocida oficialmente.

  5. Que, la Universidad Santo Tomás obtuvo su plena autonomía...

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