Decreto núm. 368 EXENTO, publicado el 29 de Julio de 2017. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA SBA TORRES CHILE SPA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 689578533

Decreto núm. 368 EXENTO, publicado el 29 de Julio de 2017. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA SBA TORRES CHILE SPA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA SBA TORRES CHILE SPA

Santiago, 27 de junio de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 368 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  4. El decreto supremo N°99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo Nº151 de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.

  6. La resolución exenta N°3.774, de 2012, de la Subsecretaría.

  7. La resolución N°1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  8. El decreto supremo N°156 de 1996, modificado por decreto supremo N°74 de 2001, que autorizó la infraestructura a incorporar en el presente decreto exento.

    Considerando:

  9. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº55.295 de 27.04.2017.

  10. Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa SBA Torres Chile SPA, RUT Nº76.497.518-9, con domicilio en Málaga N°50, oficina 52, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para modificar su concesión, individualizada en la...

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