Decreto núm. 36 EXENTO, publicado el 03 de Febrero de 2015. DISPONE VACUNACIÓN OBLIGATORIA CONTRA INFLUENZA PARA EL AÑO 2015 A GRUPO DE POBLACIÓN DEL PAÍS QUE INDICA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 555250894

Decreto núm. 36 EXENTO, publicado el 03 de Febrero de 2015. DISPONE VACUNACIÓN OBLIGATORIA CONTRA INFLUENZA PARA EL AÑO 2015 A GRUPO DE POBLACIÓN DEL PAÍS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

DISPONE VACUNACIÓN OBLIGATORIA CONTRA INFLUENZA PARA EL AÑO 2015 A GRUPO DE POBLACIÓN DEL PAÍS QUE INDICA

Núm. 36 exento.- Santiago, 22 de enero de 2015.- Visto: lo dispuesto en los artículos , y 32 del Código Sanitario, aprobado por DFL Nº 725 de 1967, del Ministerio de Salud; en el artículo 4º números 1 y 4, y del DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud; en el decreto Nº 6 de 2010, del Ministerio de Salud que dispone vacunación obligatoria contra enfermedades inmunoprevenibles de la población del país; en el Nº 2 del decreto Nº 72 de 2004, del Ministerio de Salud, y teniendo presente las facultades conferidas por los artículos 4º y 7º del Ministerio de Salud, y

Considerando:

- La necesidad de fijar la vacunación obligatoria contra la influenza que regirá durante el año 2015, conforme a la estrategia epidemiológica definida para ese período.

- La necesidad de prevenir la mortalidad y morbilidad grave en subgrupos de población definidos por las condiciones biomédicas que se asocian a mayor riesgo de muerte y complicaciones causadas o secundarias a infección por el virus influenza.

- La conveniencia de preservar la integridad de los servicios asistenciales.

- La conveniencia de inmunizar a los trabajadores de avícolas y criaderos de cerdos para evitar un cambio genético de la cepa influenza humana al interactuar directamente con cepas de influenza de esas especies,

Decreto:

  1. - Dispónese para el año 2015, la vacunación obligatoria contra la influenza de los grupos de población objetivo que se indican, de conformidad con lo establecido en el Nº 12 del decreto exento Nº 6 de 2010, del Ministerio de Salud, que dispone vacunación obligatoria contra enfermedades inmunoprevenibles de la población del país:

    Población Objetivo:

    - Todos los trabajadores, en cualquier calidad de contratación y voluntarios, de los centros asistenciales públicos que ejecuten labores que implican el contacto directo o cercano, dentro de un metro de distancia con pacientes.

    - Todos los trabajadores en cualquier calidad de contratación y voluntarios que desemepeñen labores en establecimientos asistenciales privados que ejecuten labores que implican el contacto directo o cercano, dentro de un metro de distancia, con pacientes.

    - Embarazadas a partir de la 13ª semana de gestación.

    - Niños y niñas entre los 6 meses y los 5 años 11 meses y 29 días de edad.

    - Adultos de 65 años y más.

    - Trabajadores de avícolas y de criaderos de cerdos.

    - Pacientes crónicos, entre...

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