Decreto núm. 348, publicado el 19 de Agosto de 2023. COMISIÓN DE SERVICIO EN EL EXTRANJERO SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN DEL DELITO - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 941504367

Decreto núm. 348, publicado el 19 de Agosto de 2023. COMISIÓN DE SERVICIO EN EL EXTRANJERO SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN DEL DELITO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

COMISIÓN DE SERVICIO EN EL EXTRANJERO SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN DEL DELITO

Núm. 348.- Santiago, 1 de diciembre de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley N° 21.395, del Ministerio de Hacienda, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2022; el artículo 5°, letra e), del decreto ley N°249, de 1973; el decreto supremo N° 1, de 1991, del Ministerio de Hacienda, que fija monto de viáticos en dólares para el personal que debe cumplir comisiones de servicio en el extranjero; el DFL N°1-19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo; el decreto supremo N° 275, de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que establece coeficiente del costo de vida en que deben reajustarse los sueldos de funcionarios de la planta "C" del servicio exterior de Chile; el artículo segundo de la resolución N°199, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución N° 6, de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón de la Contraloría General de la República,

Considerando:

1) Que, la Subsecretaría de Prevención del Delito, se encuentra en la búsqueda permanente de facilitar el intercambio de experiencias y conocimientos, esto para colaborar con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública en asuntos relativos al orden y seguridad pública interior.

2) Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la ley N° 20.502, corresponde a la Subsecretaría de Prevención del Delito ser el órgano de colaboración inmediata del Ministro en todas aquellas materias relacionadas con la elaboración, coordinación, ejecución y evaluación de políticas públicas destinadas a prevenir la delincuencia, a rehabilitar y a reinsertar socialmente a los infractores de ley, sin perjuicio del ejercicio de las atribuciones que el Ministro le delegue, así como del cumplimiento de las tareas que aquel le encargue.

3) Que, conforme al oficio presidencial N° 4, del 25 de marzo de 2022, el que señala en su párrafo 25 que: Toda comisión o cometido de servicio deberá ser tramitada con un plazo mínimo de antelación de 20 días corridos previos a la fecha de su inicio. Indicamos que, si bien la invitación tiene fecha 21 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR