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Decreto núm. 346 EXENTO, publicado el 11 de Julio de 2017. MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CAÑETE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CAÑETE

Santiago, 14 de junio de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 346 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría;

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante, la ley;

  3. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;

  4. El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;

  5. El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;

  6. La resolución exenta Nº 479, de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; y

  7. El decreto supremo Nº 202, de 20.11.2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y su posterior modificación.

    Considerando:

  8. La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 157.844 de 20.12.2016, complementada mediante ingreso Subtel Nº 49.081 de 11.04.2017; y

  9. Que la modificación de concesión solicitada no se encuentra entre aquellas que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 14º de la ley, deben quedar sometidas al procedimiento consagrado en los artículos 15º y 16º del mismo cuerpo legal.

    Decreto:

    1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Cañete, VIII Región, señal distintiva XQC-581, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es sociedad Comunicaciones e Inversiones Santa María Limitada, RUT Nº 76.023.875-9, con domicilio en Julio Sepúlveda Nº 1193, comuna de Angol, IX Región, en los términos que a continuación se indican.

    2. Apruébase la solicitud de modificación presentada por la concesionaria, junto con los antecedentes técnicos que le sirven de fundamento. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.

    3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio alternativo y el transmisor del radioenlace estudio alternativo - planta, en los términos que a continuación se señalan:

      Estudio Alternativo:

      - Dirección : Videla Nº 258, Of. 01, Cañete, VIII Región.

      - Coordenadas Geográficas : 37º 48' 12'' Latitud...

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