Decreto núm. 3430 EXENTO, publicado el 19 de Marzo de 2022. MODIFICA DECRETO N° 430 EXENTO, DE 2007, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIONES - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 899012209

Decreto núm. 3430 EXENTO, publicado el 19 de Marzo de 2022. MODIFICA DECRETO N° 430 EXENTO, DE 2007, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO N° 430 EXENTO, DE 2007, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIONES

Núm. 3.430 exento.- Santiago, 6 de septiembre de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 83° de la ley N°18.768, que fija normas de incidencia presupuestaria y financiera; en la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el decreto exento N° 430, de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Investigaciones, que fija valores de documentos otorgados por la Policía de Investigaciones de Chile; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que autorizó a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, en el contexto de la transformación digital del Estado y velando por una gestión migratoria moderna y eficaz, amparada en los principios de una migración segura, ordenada y regular, la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional puso a disposición de la comunidad, por medio de la plataforma SIMPLE de Gobierno Digital, los siguientes trámites migratorios:

    1. El "Certificado de Registro" y

    2. El "Duplicado de Tarjeta de Turismo".

      Adicionalmente, prontamente lo hará con cinco trámites migratorios más, a saber:

    3. el "Certificado de Residencia",

    4. la "Constancia Pérdida de Documento",

    5. el "Certificado de Viajes",

    6. la "Constancia de Cambio de Domicilio y Actividad", y

    7. la "Solicitud de Declaración de Denuncia por Ingreso Clandestino".

  2. Que, de los siete trámites migratorios mencionados, cuatro de ellos hasta la fecha son efectuados previo pago del solicitante, en virtud de los valores dispuestos en el decreto exento N° 430, de 19 de noviembre de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Investigaciones, modificado por el decreto exento N° 3.702, de 14 de enero de 2012, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, trámites que corresponden a:

    1. el "Certificado de Registro",

    2. el "Certificado de Residencia",

    3. la "Constancia de Pérdida de Documento", y

    4. el "Certificado de Viajes".

  3. Que, por su parte, en virtud de un Convenio de Conectividad a la Base de Datos entre el Servicio de Registro Civil e Identificación y la Policía de Investigaciones de Chile, en la actualidad no existe la emisión de un documento de la PDI al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR