Decreto núm. 33, publicado el 16 de Diciembre de 2021. PROMULGA EL ACUERDO COMPLEMENTARIO CON EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PARA PROMOVER Y CONSOLIDAR EL INTERCAMBIO DE INICIATIVAS Y EXPERIENCIAS EN EL ÁMBITO DE LA IGUALDAD EFECTIVA Y EQUIDAD DE GÉNERO Y LA AUTONOMÍA ECONÓMICA DE LAS MUJERES - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 879139243

Decreto núm. 33, publicado el 16 de Diciembre de 2021. PROMULGA EL ACUERDO COMPLEMENTARIO CON EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PARA PROMOVER Y CONSOLIDAR EL INTERCAMBIO DE INICIATIVAS Y EXPERIENCIAS EN EL ÁMBITO DE LA IGUALDAD EFECTIVA Y EQUIDAD DE GÉNERO Y LA AUTONOMÍA ECONÓMICA DE LAS MUJERES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO COMPLEMENTARIO CON EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PARA PROMOVER Y CONSOLIDAR EL INTERCAMBIO DE INICIATIVAS Y EXPERIENCIAS EN EL ÁMBITO DE LA IGUALDAD EFECTIVA Y EQUIDAD DE GÉNERO Y LA AUTONOMÍA ECONÓMICA DE LAS MUJERES

Núm. 33.- Santiago, 13 de marzo de 2019.

Vistos:

Los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 9 de julio de 2018 se suscribió, en San José, Costa Rica, el Acuerdo Complementario entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Costa Rica para Promover y Consolidar el Intercambio de Iniciativas y Experiencias en el Ámbito de la Igualdad Efectiva y Equidad de Género y la Autonomía Económica de las Mujeres.

Que dicho Acuerdo Complementario fue adoptado en el marco de los siguientes tratados, todos suscritos entre la República de Chile y la República de Costa Rica: el Acuerdo Integral de Asociación, de 28 de octubre de 2008, publicado en el Diario Oficial de 16 de febrero de 2010; el Convenio General de Cooperación Económica, Comercial, Científica, Técnica, Social, Turística y Cultural, de 24 de septiembre de 1985, publicado en el Diario Oficial de 27 de noviembre de 1991; el Acuerdo Complementario de Cooperación Científica y Tecnológica de 6 de marzo de 1992, publicado en el Diario Oficial de 18 de julio de 1995; el Acuerdo Complementario de Cooperación para Promover la Equidad de Género, de 9 de octubre de 2000, publicado en el Diario Oficial de 19 de octubre de 2004; y el Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación Internacional de 7 de noviembre de 2006, publicado en el Diario Oficial de 4 de agosto de 2007.

Que el Acuerdo Complementario de 2018 entró en vigor internacional el 20 de diciembre de 2018, de conformidad a lo previsto en su Artículo Décimo Primero.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo Complementario entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Costa Rica para Promover y Consolidar el Intercambio de Iniciativas y Experiencias en el Ámbito de la Igualdad Efectiva y Equidad de Género y la Autonomía Económica de las Mujeres, suscrito en San José, Costa Rica, el 9 de julio de 2018; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Roberto Ampuero Espinoza, Ministro de Relaciones Exteriores.- María Carolina Cuevas Merino, Ministra de la Mujer y la Equidad de Género (S).

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- José Antonio González Sese, Director General Administrativo (S).

ACUERDO COMPLEMENTARIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PARA PROMOVER Y CONSOLIDAR EL INTERCAMBIO DE INICIATIVAS Y EXPERIENCIAS EN EL ÁMBITO DE LA IGUALDAD EFECTIVA Y EQUIDAD DE GÉNERO Y LA AUTONOMÍA ECONÓMICA DE LAS MUJERES

El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Costa Rica, en adelante denominados "las Partes",

Considerando que la Ley de Creación del Instituto Nacional de Mujeres de Costa Rica, "Inamu", N° 7801, en el artículo 3, referido a los fines de la institución señala: inciso b) "Proteger los derechos de la mujer consagrados tanto en declaraciones, convenciones y tratados internacionales como en el ordenamiento jurídico costarricense; promover la igualdad entre los géneros y propiciar acciones tendientes a mejorar la situación de la mujer, así como, inciso d): "Propiciar la participación (...) económica de las mujeres y el pleno goce de sus derechos humanos, en condiciones de igualdad y equidad con los hombres";

Considerando que el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género de la República de Chile, creado por la Ley N° 20.820, es el órgano encargado de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, coordinación y evaluación de las políticas, planes y programas destinados a promover la equidad de género, la igualdad de derechos y de procurar la eliminación de toda forma de discriminación arbitraria en contra de las mujeres. Que, en el ejercicio de sus facultades, se encuentra facultado para mantener vínculos de cooperación con organismos internacionales vinculados con sus funciones, así como a celebrar convenios de colaboración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR