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Decreto núm. 320 EXENTO, publicado el 24 de Mayo de 2023. ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Núm. 320 exento.- Santiago, 14 de abril de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 7 del decreto supremo Nº 100, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley Nº18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº21.091, sobre educación superior; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los ministros de estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; en el decreto Nº 36, de 2023, del Ministerio de Educación, que acepta renuncia y nombra Subsecretario de Educación Superior; y en las resoluciones Nºs. 6 y 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, mediante decreto Nº 36, de 2023, del Ministerio de Educación, se nombró a don Víctor Sebastián Orellana Calderón, RUN Nº 15.028.123-7, en el cargo de Subsecretario de Educación Superior, del Escalafón de Autoridades de Gobierno, grado C de la Escala Única de Sueldos, a contar del 11 de marzo de 2023.

  2. Que, según dispone el artículo 327 de la Constitución Política de la República, es atribución especial del Presidente de la República nombrar y remover a su voluntad a los subsecretarios, entre otras autoridades públicas.

  3. Que, el inciso primero del artículo 49 del decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del Estado, establece que la ley puede otorgar a determinados empleos la calidad de cargos de la exclusiva confianza del Presidente de la República o de la autoridad facultada para efectuar el nombramiento, sin perjuicio de aquellos que la Constitución Política de la República estableció en dicha calidad.

    A su vez, el inciso final de la norma citada define como...

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