Decreto núm. 32, publicado el 26 de Septiembre de 2023. PRORROGA VIGENCIA DEL DECRETO N° 38, DE 6 DE ABRIL DE 2022, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DECRETA ALERTA SANITARIA POR EL PERÍODO QUE SE SEÑALA Y OTORGA FACULTADES EXTRAORDINARIAS QUE INDICA POR PRESENCIA DE MAREA ROJA EN LAS REGIONES DE LOS LAGOS Y DE AYSÉN - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 945786743

Decreto núm. 32, publicado el 26 de Septiembre de 2023. PRORROGA VIGENCIA DEL DECRETO N° 38, DE 6 DE ABRIL DE 2022, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DECRETA ALERTA SANITARIA POR EL PERÍODO QUE SE SEÑALA Y OTORGA FACULTADES EXTRAORDINARIAS QUE INDICA POR PRESENCIA DE MAREA ROJA EN LAS REGIONES DE LOS LAGOS Y DE AYSÉN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

PRORROGA VIGENCIA DEL DECRETO N° 38, DE 6 DE ABRIL DE 2022, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DECRETA ALERTA SANITARIA POR EL PERÍODO QUE SE SEÑALA Y OTORGA FACULTADES EXTRAORDINARIAS QUE INDICA POR PRESENCIA DE MAREA ROJA EN LAS REGIONES DE LOS LAGOS Y DE AYSÉN

Núm. 32.- Santiago, 15 de septiembre de 2023.

Visto:

Estos antecedentes; lo dispuesto en los artículos 9, 10, 36, 67 y 104 del Código Sanitario; en los artículos 1, 4 y 7 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; en el decreto supremo N° 136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de dicha Secretaría de Estado; en los artículos 102 y 333 del decreto supremo N° 977, de 1996, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de los Alimentos; en el decreto N° 38, de 6 de abril de 2022, que decreta Alerta Sanitaria y otorga facultades extraordinarias que indica por presencia de marea roja en las regiones de Los Lagos y de Aysén y sus sucesivas prórrogas; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; mediante memorándum B34/N°514, de 12 de septiembre de 2023, de la Jefa de División de Políticas Públicas Saludables y Promoción, de la Subsecretaría de Salud Pública; y las facultades que concede el artículo 35 inciso de la Constitución Política de la República, y

Considerando:

  1. Que, esta Secretaría de Estado debe efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de salud de la población. En el ejercicio de esta función, le compete mantener un adecuado sistema de vigilancia epidemiológica y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, investigar los brotes de enfermedades y coordinar la aplicación de medidas de control.

  2. Que, asimismo, a esta Cartera de Estado le corresponde velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de la población.

  3. Que, la Marea Roja es un fenómeno natural que afecta las aguas litorales del país, consistente en el crecimiento anormal de la población de microorganismos dinoflagelados productores de toxinas capaces de contaminar a los mariscos, particularmente a los bivalvos filtradores, hasta niveles que pueden provocar la intoxicación, enfermedades severas e incluso la muerte de quienes los consumen.

  4. Que, el Veneno Paralizante de los Mariscos (VPM) es producido por la microalga Alexandrium Catenella. Los síntomas clínicos en elevadas concentraciones de consumo del producto contaminado son agudos, pudiendo una persona presentar parálisis muscular que puede llevar a la muerte por parálisis respiratoria, compromiso cardiaco y del sistema nervioso central.

  5. Que, de acuerdo al artículo 333 del Reglamento Sanitario de los Alimentos y al Programa Nacional de Vigilancia y Control de Intoxicaciones por Floraciones Algales Nocivas (Marea Roja) aprobado por resolución exenta N° 20, de 2018, de esta Secretaría de Estado. se establecen los límites tolerables de biotoxinas en los alimentos como, asimismo, las acciones sanitarias que se deben implementar cuando dichos límites son sobrepasados, con el fin de proteger la salud de los consumidores.

  6. Que, el día 7 de marzo de 2022, la Seremi de Salud de la Región de Aysén, comunica el fallecimiento de una persona debido a la intoxicación por Veneno Paralizante de los Mariscos (VPM) al consumir almejas extraídas desde un área prohibida para la extracción y comercialización de mariscos de la Región de Aysén, cuyas concentraciones de VPM alcanzaron los 14.018 µg/100 g de producto, reportadas por el monitoreo de la zona realizado por el Instituto de Fomento Pesquero (IFOP) a través del...

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