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Decreto núm. 311 EXENTO, publicado el 06 de Octubre de 2015. ESTABLECE MEDIDA DE SALVAGUARDIA PROVISIONAL A LAS IMPORTACIONES DE MERCANCÍAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE MEDIDA DE SALVAGUARDIA PROVISIONAL A LAS IMPORTACIONES DE MERCANCÍAS QUE INDICA

Núm. 311 exento.- Santiago, 2 de octubre de 2015.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 7 del decreto con fuerza de ley N° 31, de 2005, aprueba texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.525; el decreto supremo N° 1.314, del Ministerio de Hacienda, de 2012; el N° 1 de la Parte VI del artículo primero del decreto supremo N° 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, de 2001; la resolución N° 1.600 de la Contraloría General de la República; y oficio reservado N° CD 225, del Presidente de la Comisión Nacional encargada de investigar la existencia de distorsiones en el precio de las mercaderías importadas, de 1 de octubre de 2015; el acta de la sesión N° 378 de la misma Comisión, celebrada con fecha 30 de septiembre de 2015, y sus antecedentes, y

Considerando:

  1. - Que la Comisión Nacional encargada de investigar la existencia de distorsiones en el precio de las mercaderías importadas, en sesión N° 378, del 30 de septiembre de 2015, acordó recomendar como medida de salvaguardia provisional la aplicación de una sobretasa arancelaria ad valorem de 37,8% a la importación de alambrón de acero, clasificada en los ítems 72132000, 72139110, 72139120, 72139190, 72271000, 72272000 y 72279000 del Arancel Aduanero de Chile.

  2. Que con fecha 1 de octubre de 2015, el Presidente de dicha Comisión, por oficio Res. N° CD 225, comunica al Ministro de Hacienda la recomendación de aplicar como medida de salvaguardia provisional una sobretasa arancelaria ad valorem de 37,8% a la importación de los ítems arancelarios señalados en el numeral precedente.

  3. - Que por oficio Res. N° 34, de fecha 2 de octubre de 2015, el Ministro de Hacienda comunica a S.E. la Presidenta de la República la recomendación señalada precedentemente, y

  4. Que por oficio Gab. Pres. N° 2.111, de fecha 2 de octubre de 2015, S.E. la Presidenta de la República informa al Ministro de Hacienda que ha resuelto aplicar como medida de salvaguardia provisional una sobretasa arancelaria ad valorem de 37,8 % a las importaciones de alambrón de acero, clasificada en los ítems 72132000, 72139110, 72139120, 72139190, 72271000, 72272000 y 72279000 del Arancel Aduanero de Chile y solicita se proceda a formalizar dicha medida,

    Decreto:

  5. - Establécese, como medida de salvaguardia provisional, una sobretasa arancelaria ad valorem de 37,8% a las importaciones de alambrón de acero...

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