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Decreto núm. 31, publicado el 30 de Noviembre de 2023. DECLARA ÁREA MARINA COSTERA PROTEGIDA DE MÚLTIPLES USOS DENOMINADA 'ARCHIPIÉLAGO DE HUMBOLDT'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

DECLARA ÁREA MARINA COSTERA PROTEGIDA DE MÚLTIPLES USOS DENOMINADA "ARCHIPIÉLAGO DE HUMBOLDT"

Núm. 31.- Santiago, 1 de septiembre de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 19 N° 8 y 32 N° 6, del decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; los artículos 34, 70 letra c), 71 letra c) y 73 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; la Ley N° 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado mediante el decreto supremo N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el decreto supremo Nº 1.963 de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga como Ley de la República el Convenio sobre la Diversidad Biológica; en el decreto supremo N° 827, de 27 de agosto de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Protocolo para la Conservación y Administración de las Áreas Marinas y Costeras Protegidas del Pacífico Sudeste; el decreto con fuerza de ley N° 340, de 1960, sobre Concesiones Marítimas; el Acuerdo N° 39/2021, del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, adoptado el 22 de diciembre de 2021; en el oficio conjunto de los Gobiernos Regionales de Atacama y Coquimbo, identificado como Ord. Atacama N° 903 y Ord. Coquimbo N° 3299, de 29 de diciembre de 2021; en las Actas de la Mesa Técnica Birregional para la creación del AMCP-MU Archipiélago de Humboldt, de fechas 12 de julio, 18 de agosto y 3 de noviembre, todas de 2022 y de 23 de marzo de 2023; el Memorándum N° 86, de 30 de marzo de 2023, de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Coquimbo, que remitió el Informe Técnico Justificatorio para la creación del Área Marina Costera protegida de Múltiples Usos Archipiélago de Humboldt; en el oficio Ord. MMA N° 231291, de 10 de abril de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente; en los Ord. N°154 y 155, ambos de 19 de julio de 2023, del Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Coquimbo; en el Acuerdo N° 22 del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático, adoptado el 11 de agosto de 2023; en la resolución exenta N° 893, de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente, que extiende medidas extraordinarias de visación de documentos del Ministerio del Medio Ambiente – Subsecretaría del Medio Ambiente; y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. - Que, es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, así como velar por la protección y conservación de la diversidad biológica del país.

  2. - Que, de conformidad con el artículo 70 letra c) de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, corresponde al Ministerio del Medio Ambiente proponer las políticas, planes, programas, normas y supervigilar las áreas marinas costeras protegidas de múltiples usos.

  3. - Que, conforme lo dispone el artículo 71 letra c) de la citada Ley N° 19.300, es atribución del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático proponer al Presidente de la República la creación de las Áreas Protegidas del Estado, que incluye parques y reservas marinas, así como los santuarios de la naturaleza y de las áreas marinas costeras protegidas de múltiples usos.

  4. - Que, a través del Acuerdo N° 39, de 2021, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y Cambio Climático se pronunció favorablemente respecto a la creación del área marina costera protegida de múltiples usos (en adelante, "AMCP-MU") "Archipiélago de Humboldt", ubicada en la costa de la Región de Coquimbo, con una superficie aproximada de 221.926 hectáreas, frente a las comunas de La Higuera y La Serena, provincia del Elqui, Región de Coquimbo.

  5. - Que, con posterioridad al acuerdo N° 39/2021, a través de un oficio conjunto de los Gobiernos Regionales de Atacama y Coquimbo, identificado como Ord. Atacama N° 903 y Ord. Coquimbo N° 3299, de 29 de diciembre de 2021, las mencionadas autoridades regionales solicitaron al Ministerio del Medio Ambiente considerar en la propuesta de creación de la "AMCP-MU" la incorporación integral del Archipiélago de Humboldt, sin fragmentaciones, lo que incluye el reconocimiento de su carácter birregional, toda vez que éste abarca desde las costas de la comuna de Freirina, en la Región de Atacama, hasta la comuna de La Serena, Región de Coquimbo.

  6. - Que, con fecha 12 de julio de 2022 se constituyó la "Mesa Técnica Birregional para la creación del AMCP-MU Archipiélago de Humboldt", cuyo objetivo fue el de "Trabajar en la propuesta de un área marina costera protegida de múltiples usos de carácter birregional, que incluya entre otros elementos:

    1. la protección del maritorio, islas e islotes del archipiélago; b) sociabilice los alcances de la medida de protección con organizaciones y comunidades locales, representantes de pueblos indígenas, organizaciones de recolectores, buzos y pescadores artesanales, servicios públicos, autoridades regionales y locales; y c) establezca una fórmula de gobernanza inclusiva y participativa para la gestión futura del área marina, entre otros", que contó con la participación de diversos representantes de Órganos del Estado con competencia en la materia, instancia que sesionó en cuatro oportunidades, conforme consta en las Actas que se registran en el...

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