Decreto núm. 300 EXENTO, publicado el 03 de Septiembre de 2020. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATP FIBER CHILE SpA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 847618907

Decreto núm. 300 EXENTO, publicado el 03 de Septiembre de 2020. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATP FIBER CHILE SpA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATP FIBER CHILE SpA

Santiago, 20 de julio de 2020.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 300 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. Decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo Nº99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones.

  6. La resolución exenta Nº3.744 de 2012, de la Subsecretaría.

  7. El decreto supremo Nº237 de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que otorgó la concesión, y sus modificaciones.

    Considerando:

  8. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 59.478 de 07.04.2020, complementado mediante ingreso Subtel Nº113.979 de 01.06.2020.

  9. Que la solicitud incorpora infraestructura de telecomunicaciones que no se encuentra destinada a soportar elementos radiantes, acorde al inciso séptimo del artículo 6º, decreto supremo Nº99 de 2012, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones, señalada en la letra e) de los vistos otorgada a la empresa ATP Fiber Chile SpA, RUT Nº76.982.036-1, con domicilio en Avenida Apoquindo Nº2827, piso 7, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria a modificar su concesión en el sentido de instalar, operar y explotar un (1) Nodo y tramos de fibra óptica en la comuna de Concepción, Región del Biobío, según se indica a continuación:

      Desde los nodos se tenderá la fibra...

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