Decreto núm. 30, publicado el 08 de Febrero de 2018. FIJA ESTABLECIMIENTOS RURALES DE DESEMPEÑO DIFÍCIL DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD, PERÍODO 2018 A 2022
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA ESTABLECIMIENTOS RURALES DE DESEMPEÑO DIFÍCIL DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD, PERÍODO 2018 A 2022
Núm. 30.- Santiago, 26 de diciembre de 2017.
Visto:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en la ley Nº 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en el decreto supremo Nº 2.296, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento general de la ley Nº 19.378; en el decreto supremo Nº 1.889, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento de la carrera funcionaria del personal regido por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
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Que, el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile, reconoce que son atribuciones especiales del Presidente de la República, la de dictar los decretos que crea convenientes para la ejecución de las leyes.
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Que, el artículo 28 de la ley Nº 19.378, contempla que los funcionarios que laboren en establecimientos reconocidos como urbanos o rurales por el Ministerio de Salud y calificados como establecimientos de desempeño difícil por decreto supremo de esa Secretaría de Estado, tendrán derecho a una asignación en los términos allí establecidos.
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Que, la calificación de establecimiento rural de desempeño difícil, es una labor que lleva adelante el Ministerio de Salud, considerando las condiciones de aislamiento geográfico, dispersión de la población beneficiaria y marginalidad económica, social y cultural de la población beneficiaria, en un diseño legal que contempla un período quinquenal.
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Que, mediante el decreto supremo Nº 51, del 23 de julio de 2013, del Ministerio de Salud, se fijaron y calificaron como establecimientos rurales de desempeño difícil, para el período comprendido entre 2013 a 2017, ambos años inclusive, a los establecimientos de atención primaria de salud municipal que ahí se señalan.
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Que, la calificación de establecimiento rural de desempeño difícil -contenida en el precitado decreto Nº 51, de 2013-, se extiende hasta el 31 de...
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